CAUSA: No. 18331-2018-00413

EXTRACTO JUDICIAL CITACION

TIPO PROCESO: EJECUTIVO

ACCION/DELITO: COBRO DE PAGARE A LA ORDEN

CAUSA: No. 18331-2018-00413

ACTOR: JIMENEZ ESPIN MARIA VERONICA

DEMANDADO/S:HARO CUADRADO ALEX FERNANDO, RUIZ ARTEAGA JORGE JAVIER

JUEZA: ABG. MARIA JOSE SOLIS BURBANO

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON BAÑOS DE TUNGURAHUA. Baños de Agua Santa, martes 18 de septiembre del 2018, las 13h45. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda y anexos que anteceden agréguense al expediente. En atención a su solicitud se provee de la siguiente manera:

1).- Calificación: La demanda planteada por la Abg. JIMENEZ ESPIN MARIA VERONICA, en calidad de Procuradora Judicial del Economista Freddy Blas Gallegos Bayas, Gerente de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Oscus Ltda., por ser clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en pagare adjunto, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.

2).- Citación: a).- Se ordena la citación de los demandados señores HARO CUADRADO ALEX FERNANDO, en calidad de deudor principal; y, del señor RUIZ ARTEAGA JORGE JAVIER, en calidad de garante solidario, en sus domicilios señalados, mediante el encargado de citaciones de esta Unidad Judicial. Para la citación se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. b).- En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que los demandados propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.

3).- Prueba: Lo anunciado como prueba por la parte actora será tramitado conforme lo manda la normativa vigente en el día y hora de la audiencia, una vez verificado lo estipulado en el artículo 160 del COGEP.-

4).- Notificaciones: Tómese en cuenta el correo electrónico señalado, para recibir sus notificaciones, así como la autorización que concede a su patrocinador, para que ejerza en su defensa, a quien se le notificará en la casilla electrónica en caso de que la mantenga habilitada de conformidad con las disposiciones contenidas en la resolución 150-2017 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura.- Actúe el Abg. Darwin Merino en calidad de secretario titular de esta Unidad. CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON BAÑOS DE TUNGURAHUA.- Baños de Agua Santa, miércoles 23 de enero del 2019, las 08h08, VISTOS: El escrito que antecede agréguese al expediente.- Vista la declaratoria bajo juramento; y, en atención a lo solicitado por la parte actora, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que se cite a los demandados señores HARO CUADRADO ALEX FERNANDO, en calidad de deudor principal; y, del señor RUIZ ARTEAGA JORGE JAVIER, en calidad de garante solidario, con el auto de calificación y esta providencia, en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Ambato, para lo cual por secretaria procédase a entregar el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- Lo que CITO a usted para los fines legales correspondiente advirtiéndole de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones.- (f ) Abg. María José Solis Burbano.- Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Baños.-

Firma ilegible

Abg. Darwin Merino Arza

SECRETARIO

P* 149829 – 18331-2018-00413


R. del E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: ATARIGUANA CONFORME MIRIAM VERÓNICA, dentro del juicio CIVIL, EJECUTIVO No. 18334-2016-02110, seguido por AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY EN REPRESENTACIÓN DE: BANCO GUAYAQUIL S.A, en contra de: ATARIGUANA CONFORME MIRIAM VERONICA. Se ha dispuesto CITAR por la prensa por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia o individualidad de la demandada SRA. ATARIGUANA CONFORME MIRIAM VERÓNICA.

CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO

JUEZA TITULAR: ABG. JUANA MARIBEL PELAEZ TORRES

ASUNTO: CONTRATO DE MUTUO O PRESTAMO

ACTOR: AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY EN REPRESENTACIÓN DE: BANCO GUAYAQUIL S.A

DEMANDADO(S): ATARIGUANA CONFORME MIRIAM VERÓNICA

SECRETARIA ABG. DIANA ALEXANDRA NÚÑEZ SOLÍS

CAUSA No. 18334-2016-02110

CUANTÍA : 6,000.00 USD

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 18 de abril del 2016, las 16h02. Causa 2016-02110 VISTOS: Dra. Amnelore Loayza Jaramillo; en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil del Cantón Ambato, mediante Acción de Personal es la No. 10875-DNTH-2015-SBS, de fecha 31 de Agosto de 2015; y en virtud del sorteo de Ley en la oficina correspondiente.- 1. En lo principal, la demanda presentada por el señor Dra. AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY, Procuradora Judicial del BANCO GUAYAQUIL S.A.; en contra de la señora ATARIGUANA CONFORME MIRIAN VERÓNICA, deudor principal; se la califica de clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos de Ley por lo que se la admite a trámite EJECUTIVO.- 2. Téngase en cuenta la cuantía fijada.- 3. Cítese a la demandada CONFORME MIRIAN VERÓNICA; con la demanda y este auto, en la dirección consignada en el libelo inicial, para la diligencia que deberán practicarse, se enviara las copias respectivas a la Oficina de Citaciones, de este Complejo Judicial, a fin de que paguen o propongan excepciones dentro del término de tres días luego de citados, establecido en el artículo 421 del Código de Procedimiento Civil; así como previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir posteriores notificaciones, bajo prevenciones de Ley.- 6. Agréguese a los autos los documentados presentados.- 4. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 142 y el correo electrónico [email protected], en cuenta la calidad en que comparece.- 5. Actué como Secretario de esta Unidad Judicial Civil el Dr. Héctor Ramiro Garcés Santana.- CÍTESE y NOTIFÍQUESE.-

LOAYZA JARAMILLO AMNELORE ELIZABETH

JUEZA

Certifico:

GARCES SANTANA HECTOR RAMIRO

Hay firma

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 7 de enero del 2019, las 14h10.

No. 18334-2016-02110

Incorpórese a los autos el escrito presentado por la señora DRA. AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY, en la calidad que comparece, la parte actora una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto. Cítese a la demandada señora ATARIGUANA CONFORME MIRIAN VERÓNICA; por haber dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, y por haber declarado bajo la solemnidad de juramento la imposibilidad de determinar individualidad, domicilio y residencia de los demandados, de acuerdo con el numeral 1, Cítese por medio de la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación en la ciudad de Ambato, publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, para lo cual la señora secretaria concederá el extracto correspondiente.-

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. –

PELAEZ TORRES JUANA MARIBEL

JUEZA

Hay firma

LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. Ambato, 15 de Enero de 2019.

ABG. DIANA ALEXANDRA NÚÑEZ SOLÍS

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO

Hay firma y sello

PAR/110118/AT


CITACION JUDICIAL

EXTRACTO

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: ALVAREZ ZAMORA WELLINGTON KENNEDY; por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia, o individualidad, se le hace saber lo que sigue:

JUICIO: N°2014-2517

CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO

ASUNTO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PROMISORIO

ACTORA AGUIRRE BENALCAZAR GEAN MAGALY DRA. PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO DE GUAYAQUIL S.A.

DEMANDADOS: ALVAREZ ALVAREZ SANTIAGO FABIAN, ALVAREZ ZAMORA WELLINGTON KENNEDY

CUANTIA: SIETE MIL DOLARES.

JUEZ: AB. LUIS FERNANDO FONSECA BAUTISTA.

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE TUNGURAHUA. – UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO. Ambato, lunes 4 de agosto del 2014, las 09h19. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Ambato, según Resolución Nro. 39 de 6 de marzo del 2014, del Pleno del Consejo de la Judicatura. En lo principal, DRA. GEAN MAGALY AGUIRRE BENALCAZAR, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE GUAYAQUIL S.A., de conformidad con la documentación que adjunta, presenta demanda ejecutiva; demanda que es clara, precisa y reúne los requisitos de ley señalados en el artículo 67 de la Codificación del Código de Procedimiento; de igual forma, el título aparejado a la demanda brinda mérito ejecutivo de conformidad con los artículos 413 y 415 eiusdem, en consecuencia: 1.- Acéptese al trámite ejecutivo y téngase en cuenta la cuantía señalada.- 2.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña a la demanda.- 3.- Los señores ALVAREZ ALVAREZ SANTIAGO FABIAN, en calidad de deudor principal y ALVAREZ ZAMORA WELLINGTON KENNEDY en calidad de fiador solidario, paguen lo adeudado o propongan excepciones en el término de tres días.-4.- Cítese a la parte demandada en el lugar indicado para el efecto, sin perjuicio de la citación en persona, para lo cual remítase la documentación necesaria a la Sala de Citaciones de esta Unidad Judicial. 5.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora como domicilio judicial para recibir sus notificaciones, así como la designación y autorización que se confiere a su defensa.- Actúe en calidad de secretaria la Ab. Mariela Ávila según contrato de servicios ocasionales celebrado el 15 de marzo del 2014. NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-

VILLACRES DUCHE OSCAR FABIAN

JUEZ

Hay firma

Certifico:

MARIELA GUILLERMINA AVILA RIVERA

SECRETARIA

Hay firma

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 4 de diciembre del 2018, las 16h11. Incorpórese al proceso el escrito que antecede; atento al mismo, una vez que la parte accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del COGEP, cítese al demandado señor ALVAREZ ZAMORA WELLINGTON KENNEDY, en uno de los diarios de mayor circulación de ésta ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua; a fin de que comparezca a hacer valer sus derechos, contestando la demanda y proponiendo excepciones dentro del término dispuesto en el penúltimo inciso del Art. 56 Ibídem; para el efecto por Secretaria confiérase el correspondiente Extracto para su legal, actúa como Secretaria encargada mediante acción de personal No 2900-DP18-2018 cumplimiento.- Notifíquese

FONSECA BAUTISTA LUIS FERNANDO

JUEZ

Hay firma

LO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, ADVIRTIENDO DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PARA QUE RECIBA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES, BAJO PREVENCIONES DE REBELDÍA. AMBATO, MARTES 8 DE ENERO DEL 2019.

AB. JULIA A. YANCHALIQUIN Y.

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO

Hay firma y sello

PAR/110117/AT