Sanción a Construye: Dirigencia activará desde hoy, recursos legales para evitar que sentencia quede en firme

BANCADA Movimiento Construye en la Asamblea Nacional. (Foto archivo).

El Código de la Democracia dice que las infracciones electorales pasan por un juzgamiento en dos instancias: Un recurso de aclaración y ampliación, y otro de apelación. Construye, primero, solicitará al juez del TCE que aclare el alcance de su fallo.

La dirigencia del Movimiento Construye, sancionado en primera instancia por el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres -con la cancelación del Registro de Organizaciones Políticas por no entregar un informe del ejercicio fiscal de 2022- activará desde hoy, 19 de abril de 2024, los recursos legales para evitar que la sentencia quede en firme.

El Código de la Democracia dice que las infracciones electorales pasan por un juzgamiento en dos instancias: Un recurso de aclaración y ampliación, y otro, de apelación.

María Paula Romo, dirigente de Construye informó que, a más tardar, este día, se acogerán al recurso de aclaración, previsto en el artículo 274 del Código de la Democracia, donde le solicitarán al juez que identifique qué artículo de la ley se infringió.

A partir de la presentación del recurso, el juez electoral tiene dos días de plazo para pronunciarse.

“Es grave, porque en toda la sentencia no se identifica la infracción; intentan imponer una pena de muerte en una sentencia que ni siquiera señala cuál es la infracción cometida”, declaró Romo en el espacio de entrevistas del programa radial Notimundo. Una vez que Construye agote este recurso, interpondrán la apelación al fallo.

Algunos de los fundamentos para la apelación se podrían sustentar en que las organizaciones políticas tienen tres tipos de obligaciones de entrega de información al Consejo Nacional Electoral: informes de cuentas de campaña, informes sobre el uso de dinero público o también denominado Fondo Partidario Permanente (FPP), e informes anuales de su gestión económica.

Estos tres tipos de informes suponen distintas obligaciones y sanciones frente al incumplimiento del Código de la Democracia.

Según Romo, en el caso del Movimiento Construye, no tiene problemas sobre cuentas de campaña, ni incumplimientos.

Tampoco, dijo, han sido observados sobre informes relacionados con dinero público “porque jamás hemos recibido un solo dólar (del Estado)».

Admitió que en la entrega del informe anual de 2022  -año en el que hubo cero ingresos y cero gastos- hubo una demora, pero finalmente la documentación se presentó al CNE.

«Este informe tardío es identificado por el CNE como una infracción, lo envía al TCE y pide como sanción, la cancelación».

Remarcó que, esto es «totalmente desproporcionado e ilegal» porque la Ley no prevé una sanción de extinción del registro de organizaciones políticas por la demora en la entrega de un informe con cero ingresos y cero gastos.

En su solicitud de sanción que envió el CNE al TCE se alega una infracción al artículo 281 del Código de Democracia, pero, a criterio de María Paula Romo, la norma se refiere a fondos de campaña, y la responsabilidad solidaria de los candidatos.

Campañas de Rafael Correa

Romo mencionó casos en los que, según dijo, “jamás”, el CNE o el TCE han actuado con la diferencia en torno a la forma en cómo se actuó con Construye.

Dijo que el exejecutivo de Odebrecht en Ecuador, José Conceiçao Santos  volvió a repetir la semana pasada en Estados Unidos (en medio del juicio a Carlos Pólit) que entregó varios millones de dólares a las campañas de Rafael Correa, (actualmente prófugo en Bélgica) pero nunca ha habido una investigación o sanción por ello. (SC)

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