Primera pregunta busca apoyo popular a las acciones de las FF.AA. contra la delincuencia

Especialistas advierten que la Corte Constitucional debe revisar el valor y la intencionalidad de la pregunta que sería un complemento a la reforma aprobada por la Asamblea Nacional hace pocas semanas

 La primera pregunta de la consulta popular presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa, tendría como objetivo acompañar con el apoyo popular las reformas y acciones de las FF.AA. para el combate de la delincuencia y el crimen organizado nacional y transnacional.

El cuestionamiento a los ciudadanos reza: “¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas inicien acciones para prevenir y erradicar la actividad de organizaciones criminales trasnacionales que operan dentro y fuera del territorio nacional, conforme el Anexo de la pregunta 1?”.

Dentro de la fundamentación presentada en el parágrafo 20 del anexo 1, la Presidencia señala que tiene entre otros objetivos “entregar el marco normativo aplicable al elector”.

Aunque en el Parlamento ya se ha discutido una reforma constitucional a este tema, la abogada y analista política, Pamela Aguirre precisó a LA HORA que la reforma parcial está en trámite en la Asamblea Nacional, “es decir, si bien ha sido aprobado por la Asamblea, todavía no es una reforma de la Constitución porque está pendiente el referéndum aprobatorio”.

A juicio de Aguirre, Noboa busca tener un mayor apoyo popular a las acciones que deberán emprender los funcionarios de las FF.AA. en el combate del crimen organizado.

Desde su punto de vista, “la pregunta es totalmente válida en el sentido de si ya vamos a tener el referéndum de la enmienda de la Constitución, es válido hacer esta consulta al pueblo”.

Por su parte, el decano de la Escuela de Seguridad y Defensa del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), Daniel Pontón, consideró el cuestionamiento como “complementario” a la reforma constitucional que se viene desarrollando en el Parlamento.

Para el académico esta pregunta debe ser revisada por la Corte Constitucional con detenimiento. Recordó que ya los mecanismos y límites del uso progresivo de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad ya han sido regulados en una ley de carácter “orgánico” y no pueden ser superados por una ley “ordinaria”. (ILS)