Fiscal Diana Salazar pide prisión preventiva contra vocales de la Judicatura, Maribel Barreno y Juan José Morillo

En la audiencia de formulación de cargos en contra de los vocales de la Judicatura, Juan José Morillo, Maribel Barreno, y el juez de Pichincha, Vladimir Jhayya, la Fiscalía presentó 43 elementos de convicción. El proceso investigativo inició el 15 de junio de 2022.

La fiscal general del Estado (FGE), Diana Salazar, solicitó hoy, miércoles 7 de junio de 2023, al juez de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Javier de la Cadena, dictar prisión preventiva como medida cautelar en contra de los vocales del Consejo de la Judicatura (CJ) Maribel Barreno, Juan José Morillo, como presuntos autores directos del supuesto delito de tráfico de influencias.

En la audiencia de formulación de cargos, la Fiscal argumentó ante el juez que un grillete electrónico,  la prohibición de salida del país, o una presentación periódica no les va a quitar la facultad de entorpecer la administración de justicia.

En cambio, para Para Vladimir  Jhayya, juez de la Corte Provincial de Pichincha, en su calidad de presunto cómplice, la Fiscal pidió la imposición de la medida cautelar de prohibición de salida del país, la presentación periódica ante un juez, y el uso del grillete electrónico «porque el juez no representa un riesgo procesal como si ocurre con los vocales de la Judicatura».

Según la teoría Fiscal, se registró un presunto abuso del cargo en el que se ejerció influencia en otros servidores judiciales para fallar en una causa constitucional (que derivó en la destitución de Guadalupe Llori, entonces presidenta de la Asamblea Nacional.

Ocurrió tras la filtración de un audio en el que, según la fiscal, se escucha a los vocales pedir apoyo al juez encargado de resolver un recurso judicial que presentó Guadalupe Llori para impedir su destitución de la presidencia de la Asamblea.

La acusación fiscal se sustenta en 43 elementos de convicción hallados en los diez meses de investigación que contó con el testimonio anticipado de la funcionaria judicial Inés Maritza Romero.

La funcionaria judicial habría entregado a las autoridades del caso su teléfono que contenía una grabación con información de más de una hora y que sería la prueba central del caso.

En la formulación de cargos que a la Fiscal le tomó tres horas y 20 minutos, subrayó que el audio entregado por la testigo y funcionaria judicial fue corroborado con pericias técnicas.

El artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece el tráfico de influencias y lo sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

Este delito se configura cuando funcionarios públicos o personas que actúen en virtud de una potestad estatal aprovechan su cargo, su relación personal o jerarquía para influenciar sobre otra persona.

La magistrada que grabó la conversación habría sido incluida en el Programa de Protección a Víctimas y Testigos, pues habría sido víctima de amenazas. (SC)

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