Presunto Inocente

Nuestro sistema procesal se encuentra amparado por normas de carácter garantista, en el sentido de que todos y cada uno de los ciudadanos gozamos de los mismos derechos y obligaciones, no importa el grado económico en el que nos encontramos, todos tenemos el libre acceso a la justicia, por ende, a ser tratados con igualdad de condiciones en el proceso que se ventile en nuestra contra o a nuestro favor.

La Constitución de la República en el artículo 76 numeral 2 establece claramente que todos y cada uno de los ciudadanos debemos ser tratados como inocentes durante todo el proceso, aun si nos encuentran en delito flagrante. Pues el exponer con pruebas a nuestro favor se ratificaría ésta inocencia que lo gozamos desde antes de la misma denuncia, no así si se exponen pruebas que desvirtuarían esta inocencia, pues los hechos denunciados se materializan con los elementos inequívocos que conducen a nuestra culpabilidad.

Por muy mediático que sea un caso, todos tenemos el derecho y la oportunidad de presentar las pruebas de descargo para limpiar nuestros nombres, aplicando las normas procesales y constitucionales, de conformidad con los términos y condiciones para que la prueba no sea declarada como nula, sea tomada en cuenta en juicio, examinada por la autoridad competente y se ratifique justamente nuestra inocencia.

Actualmente existe un caso tan mediático y popular que puede causar resentimientos si alguien emite un criterio en contra de este caso, aunque se le ha tratado como inocente hasta la fecha, genera muchas dudas lo que ocurre misteriosamente con testigos, con documentos, con peritos y aun el accionar de los jueces. ¿El que nada debe nada teme? La justicia deberá hacer su trabajo dejando los sesgos políticos a un lado.

Leo sus respuestas mis lectores.

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