Ibarra
José Eladio Coral tiene alrededor de 40 años de servicio judicial. Titulado en Ciencias Judiciales, es especializado en niñez y adolescencia. Fue Fiscal Provincial de Adolescentes Infractores. Además, en su vasta trayectoria, formó parte del tribunal que dictaminó la inocencia del gendarme David Velasteguí, procesado por el caso Mascarilla.
Mañana cumplirá un mes en su nueva responsabilidad, como principal de la Corte Provincial, desde donde se promueven cambios de forma y fondo a fin de optimizar el servicio judicial.
En este espacio de tiempo, que lleva un mes como presidente de la Corte Provincial de Justicia, ¿cuál es el objetivo de la institución?
En esta administración nos hemos planteado alcanzar, dentro del Consejo de la Judicatura, que se vuelva a la especialidad de los jueces para atender los diferentes casos.
Actualmente la Corte se maneja como sala multicompetente, es decir que los jueces deben resolver procesos en todas las materias de litigación. Esto es civil, penal, laboral, violencia. Actuación que hasta el momento ha sido sin contratiempos, pero creemos que las sentencias deben ser expeditas, transparentes y con mayor contenido jurídico, respecto a esa motivación para esa decisión judicial, por eso hemos planteado volver a la especialidad, que se estructure una sala penal y no penal u otras que podría ser familia, niñez, adolescencia y adolescentes infractores.
¿Esta gestión está cómo proyecto o ya se concretó?
Nosotros ya teníamos esta visión. A los tres días que ya me posesioné dirigimos conjuntamente con el señor director provincial del Consejo de la Judicatura una comunicación, pidiendo precisamente de manera muy motivada a nivel nacional que se atienda este pedido, por lo que hemos tenido una aceptación y hay acogida.
¿En cuánto tiempo cree usted que se pueda cristalizar este trámite?
Al momento se están recabando todos los informes correspondientes para que en el menor tiempo posible, yo estimo en unos dos meses, se resuelva volver a la especialidad.
Estos también son requerimientos de los abogados litigantes y de la propia ciudadanía. No es correcto que un juez asuma la posición, como decimos en el argot popular, de un todólogo o una enciclopedia. El juez debe ser un profesional del derecho especializado en una rama específica del derecho.
¿Para este objetivo se necesitaría más jueces?
No. Es suficiente con la planta de profesionales que posee la sala de la Corte Provincial. Actualmente constamos 10 jueces.
¿Qué otro proyecto existe para el desarrollo integral de la Corte de Justicia?
Uno de los temas que es de preocupación en este periodo de gestión es que el Consejo de la Judicatura debería aperturar un talento humano. El operador de justicia, con vocación de servicio se inmiscuye en los problemas que tiene que resolver, tanto los jueces, secretario y ayudantes judiciales.
Es tal la carga laboral que no permite compartir familiarmente ese tiempo. Por lo que se planteó que mediante un equipo multidisciplinario puedan atender casos y temas específicos.
¿Cómo ha visito usted el despeño de los jueces imbabureños?
En general, en la ciudad de Ibarra como en los cantones, están compenetrados en administrar justicia.
La Constitución ahora concibe a la justicia como un servicio público, libre de todo tipo de barreras en donde pueden acceder todos los ciudadanos, en procura de alcanzar la resolución de sus conflictos, individual o colectivos. Ahora hay jueces que están a tiempo completo en la atención. La preparación de ellos también garantiza mayor solvencia y calidad en la sentencia.
Hace pocos días hubo observaciones por parte de familiares en un caso donde fallecieron dos mujeres. Los deudos estaban inconformes con la resolución del juez, el cual estableció medidas sustitutivas para el presunto causante del hecho. ¿Cómo destaca el actuar del magistrado en la aplicación de la jurisprudencia?
Una audiencia en materia penal y no penal es de carácter público, salvo excepciones. Pero los ciudadanos pueden conocer el desarrollo de la diligencia legal, saber cuál es la actuación del fiscal, juez. Y sobre todo de los defensores.
Cuando un juez emite una decisión lo hace cumpliendo el debido proceso, garantías, derechos, que le asiste tanto a la víctima como al procesado. Solo así puede expedir una decisión el juzgador.
No obstante, si hay inconformidad de una de las partes pueden impugnar la decisión. Y se lo hace a través de recursos de apelación, casación. Es decir, no es que con la decisión del juez de primera instancia se agota un proceso judicial.
Yo pienso que la administración de justicia es bastante sensible y puede estar sujeto a subjetividades y susceptibilidades, por eso la importancia esencial de que los medios de comunicación cumplan con su labor con información hacia una nueva cultura jurídica.
¿Actualmente los jueces cumplen el cronograma de audiencias establecidas?
En muchas ocasiones, cuando hay una gran carga laboral, sin duda tiene que agendarse la realización de las audiencias. Pero no justifica que se deje a un lado los plazos que determina la ley. La transgresión de aquello puede acarrear una falta disciplinaria, pero no tenemos casos de descuido y negligencia o casos que hayan relegado la decisión de una causa.
¿El ingreso de procesos judiciales es ágil para su trámite?
Una demanda se presenta en la sala de sorteos y de acuerdo a la materia el juez asume competencia. Posterior emite una decisión de admisibilidad y ordena la citación al demandado. El aludido debe comparecer a juicio y contestar la instancia legal.
En lo penal, el fiscal es el titular de la acción penal. Tras una investigación imputa a una persona la participación y la responsabilidad en el cometimiento del delito y le permita al juzgador imponer una sentencia.
¿Cree usted que puede existir injerencia política en las decisiones de los jueces en distintos casos judiciales?
Me atrevo a decir, sin temor a equivocarme, que en la provincia de Imbabura los operadores de justicia en general, y más aún los señores jueces, están libres de cualquier contaminación de tipo político.
No se conoce jueces que denuncien que hay injerencia, presión o solicitud de algún personaje extraño al sistema de justicia en decidir una causa. Más bien se precian en ser independientes e imparciales. (APLA)
‘En Imbabura no se conoce jueces que denuncien que hay injerencia, presión o solicitud de algún personaje extraño al sistema de justicia en decidir una causa’.