Silencio electoral rige desde el 3 para todos los partidos políticos

Silencio electoral rige desde el 3 para todos los partidos políticos
SILENCIO. Durante los tres días antes de las elecciones habrá silencio electoral.

El silencio electoral es para todos, no se pueden difundir mensajes de promoción política por parte de las agrupaciones, ni los medios.

Desde las 00:01 del viernes 3 de febrero rige el silencio electoral, a nivel nacional, luego de la terminación de la campaña electoral, que concluye el jueves. Habrá tres días donde los ciudadanos (electores) podrán reflexionar su voto, y decidir en las urnas por la mejor propuesta difundida en época de campaña.

Normativa

Según el Artículo 202 del Código de la Democracia, 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio, queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral, así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa.

En caso de que las personas caigan en el incumplimiento de estas disposiciones, constituirá una infracción electoral que será sancionada de conformidad con la Ley. En caso de incumplimiento a estas disposiciones, el Consejo Nacional Electoral dispondrá a los medios de comunicación suspender de manera inmediata su difusión, sin perjuicio de la sanción que imponga el Tribunal Contencioso Electoral.

Sanciones

Luis Cisneros, director del CNE en Loja, manifestó que el silencio electoral es para todos, no se puede difundir nada por parte de las agrupaciones políticas, ni los medios, tampoco los contenidos aprobados anteriormente. Tampoco se puede publicar encuestas, ni publicidad, que puedan inducir el voto de los ciudadanos.

Además, hizo énfasis en que hay un sinnúmero de sanciones que existen en estas fechas. Por ejemplo, los miembros de las juntas que no se capaciten serán sancionados con el 10% del salario básico, igual por no instalarse en la junta, la sanción es del 15%; y, finalmente, quienes no sufragan, el 10% de multa.

 

EL DATO

Para sufragar es necesario contar con la cédula o pasaporte del ciudadano.