Devolución de IVA para el adulto mayor y personas con discapacidad

Devolución de IVA para el adulto mayor y personas con discapacidad
LEY. Personas mayores y con discapacidad pueden solicitar la devolución de IVA para aliviar su carga financiera y mejorar su calidad de vida.

Esta medida busca brindar apoyo económico y fomentar la inclusión social, proporcionando a estos grupos vulnerables una herramienta para mejorar su calidad de vida y reducir su carga financiera.

En nuestro país existen leyes que benefician a las personas mayores de 65 años y a las personas con discapacidad, entre ellas están la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (art. 14), la Ley Orgánica de Discapacidades (art. 78) y la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI).

Estos beneficios, hacen referencia a que toda persona que haya cumplido 65 años y que sus ingresos mensuales no superen un máximo de 5 remuneraciones básicas unificadas ($450 para el 2023); es decir, que su ingreso no sea superior a $ 1.350 o que su patrimonio no exceda de 500 remuneraciones básicas unificadas ($225.000), tienen derecho a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en la adquisición de bienes o servicios que son de uso y consumo personal.

De igual forma, las personas con discapacidad que hayan sido debidamente calificadas por el Ministerio de Salud con un porcentaje mayor al 30%, o que posean la calificación de sustitutos, pueden ser beneficiarias de la devolución del IVA de sus compras personales.

Cabe mencionar que, si una persona nunca ha solicitado la devolución del IVA, tome en cuenta que este proceso puede realizarlo por las facturas receptadas de hasta cinco años atrás, considerando que aplica desde el momento en que cumple las condiciones de ser adulto mayor o haya sido calificado como persona con discapacidad por la autoridad competente.

Beneficio máximo mensual del IVA – Periodos anteriores
2018 92.64
2019 94.56
2020 96.00
2021 96.00
2022 102.00
2023 108.00

Con la nueva modalidad de facturación electrónica desde enero del 2022, la devolución de IVA se ha vuelto un proceso ágil de realizar a través del portal web de la página del Servicio de Rentas Internas (SRI). Para iniciar con esta solicitud, deberá considerar:

  1. Contar con un usuario y contraseña para acceder a la página del SRI.
  2. Registrar los datos de una cuenta bancaria a nombre del beneficiario o sustituto.
  3. Los bienes y servicios que adquieran para su beneficio personal sean de primera necesidad. NO se puede solicitar aquellos que sean destinados para una actividad comercial.
  4. Los bienes o servicios adquiridos hayan sido pagados por el beneficiario o por el sustituto, según corresponda.
  5. Los bienes o servicios adquiridos estén sustentados en comprobantes de venta válidos emitidos a su nombre.

En este contexto, los beneficiarios pueden considerar que los bienes o gastos por los cuales pueden solicitar la devolución de IVA incluyen los realizados por vestimenta, vivienda, salud, alimentación, educación, comunicación, cultura, deporte y transporte.

Los valores de IVA solicitados al SRI serán notificados a través del buzón del contribuyente al cabo de un plazo máximo de 60 días (adultos mayores) o 90 días (personas con discapacidad). Así mismo, la acreditación a su cuenta bancaria se efectuará conforme al fondo dispuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Para las personas con discapacidad, la devolución del IVA se realiza de manera proporcional, conforme a la siguiente tabla:

AÑO 2023
Grado de Discapacidad Porcentaje de Aplicación del Beneficio Monto máximo mensual por reconocer según % de Discapacidad
Del 30% al 49% 60% USD 108 X 60% =     $ 64.80
Del 50% al 74% 70% USD 108 X 70% =      $75.60
Del 75% al 84% 80% USD 108 X 80% =     $86.40
Del 85% al 100% 100% USD 108 X 100% = $108.00