Los riesgos de la nueva definición de ‘acoso laboral’

La Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las Modalidades de Trabajo. Luego del veto parcial del presidente Daniel Noboa, en meses pasados, el Pleno optó por ratificarse en la mayoría de los puntos de discordia. Como resultado, el nuevo marco legal contempla ahora una figura muy amplia y difusa de “acoso laboral”.

Cualquier iniciativa que conduzca a una relación más armoniosa entre empleadores y trabajadores, debe ser bienvenida. Igualmente, la ley juega un importante papel al momento de afianzar valores humanos en el mundo laboral, que permitan superar definitivamente la burda explotación y los indefendibles abusos usuales en la cultura empresarial del pasado. Sin embargo, preocupa también que, en un clima ya plagado de normativas y regulaciones como el de las relaciones laborales, se siembren aún más disposiciones.

De manejarse con mala fe, la figura del ‘acoso laboral’ terminará dificultando, y por ende encareciendo, todavía más el trabajo formal en el Ecuador. La ambigüedad de la propuesta deja abierta la puerta para que proliferen nuevos conflictos y disputas. Asimismo, impulsa la creación de más instancias y procedimientos burocráticos que entorpecen las relaciones laborales. Académicos, especialistas e incluso el propio primer mandatario ya lo advirtieron, pero la Asamblea optó por aferrarse a la propuesta. Ahora, dependerá de las mismas autoridades del Ministerio y de los funcionarios judiciales —del conocimiento y prudencia que demuestren— el que estas reformas sirvan para mejorar y no para caotizar, aún más, el mercado laboral.