Debate 2023

Diana Luzuriaga

Diana Luzuriaga Vera

 El pasado domingo 08 de enero del presente año, se realizó el “debate” de candidatos(as) a la prefectura de nuestra provincia. Lo pongo entre comillas por la divergencia que existe entre lo que pudimos observar y lo que estipula la ley. Para entrar en contexto, corresponde remitirnos al Reglamento de Debates Electorales.

Empecemos por señalar que el Art. 4 del mencionado Reglamento, define al debate como las distintas formas de discusión pública, en las que las candidatas(os) exponen su plan de gobierno, concordante con el Art. 16 del mismo cuerpo legal que dice, las propuestas deben contener soluciones socialmente sustentables, claras, concretas, evitando los discursos ambiguos. En cuanto a la dinámica del debate, el Art. 25 ibidem, establece de forma precisa “que no solo repitan sus propuestas de campaña si no que interactúen con sus adversarios” lo cual, no ocurrió. Los candidatos tuvieron apenas 45 segundos para exponer las prioridades de su gestión. Por el tiempo y metodología de “interpelación con un solo candidato” y que, para colmo fue el mismo en todos los ejes, se limitó la participación activa entre candidatos.  

Es inaudito, que los recursos se desperdicien en espacios infructuosos, que no permiten a los electores obtener más información que la retórica de las cuñas políticas de siempre. Y esta vez no por culpa de los candidatos. De hecho, se evidenciaron importantes intentos de debate por la Ing. Verónica Zurita, que abordó la contaminación de los Ríos, Ing. Yadira Bayas, en el tema presupuesto y maquinaria y Ángel Gende con su frontalidad general. La responsabilidad de la organización de los debates conforme el Art. 6. RDE la tiene la Junta Provincial Electoral y CNE. Ustedes estimados lectores saquen sus propias conclusiones respecto de lo sucedido y como ciudadanía responsable vayamos identificando donde están los verdaderos obstáculos de la democracia y sobre todo quienes los generan. “Un pueblo informado, nunca será vulnerado.”

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