Aborto por violación

Mesías Mestanza Solano

Por efecto de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en caso de violación, la Asamblea Nacional tiene un plazo que se cumple el 28 de diciembre de este año, para hacer una ley que garantice el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y la atención de mujeres en esta delicada situación, puesto que, en el tapete de la discusión están los derechos del nasciturus por una parte, y por otra, el de la madres, cuyas discrepancias no se hicieron esperar.

Los puntos más críticos entre los asambleístas se centraron en la temporalidad para interrumpir el embarazo y la objeción de conciencia de los médicos para proceder con el aborto. Habría preferido no tratar este tema tan controvertido, para dejar que expertos nos den una guía científica; sin embargo, me atrevo a hacerlo, en el sentido de que debe existir un tiempo no mayor a tres meses para su interrupción; debe proceder con una denuncia, así también con un examen médico ginecológico emitido por junta de médicos para garantizar la certeza de la violación y no se deje en la impunidad este atroz delito, cuidando en lo posible de evitar la revictimización, y además, evitar el engaño que también se puede producir.

Ahora bien, dada la sensibilidad del caso, se necesita consensuar, haciendo intervenir a la sociedad civil, comenzando por los médicos, psicólogos, la Iglesia, Derechos Humanos, academia y universidades, capaz de que no sea el único criterio el de nuestros políticos asambleístas, sino de un estudio consensuado de especialistas y ojalá de científicos, para que ponderen derechos de quienes no pidieron venir al mundo, al igual que el de las madres que se encuentren en situaciones difíciles de las cuales no podrán salir bien libradas sin el apoyo de profesionales de reconocida solvencia. Entonces, el tema está abierto para que todos podamos contribuir de la mejor manera, para que el remedio no sea peor que la enfermedad.

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