Libertad de pensamiento

Franklin Barriga López

Una de las principales conquistas de la vida civilizada, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fue proclamada en París, el 10 de diciembre de 1948, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que tuvo antecedentes notables, como la Independencia de los Estados Unidos (1776) y su Constitución, que influyeron en la Declaración del Hombre y del Ciudadano, emitida por la Asamblea  Nacional Constituyente francesa, en 1789, que enarboló los principios de libertad, igualdad y fraternidad.

En el documento de 1948, Art. 18, se establece que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, en los ámbitos individual y colectivo, lo que se complementa, en el siguiente artículo, con el respaldo a la libertad de opinión y de expresión.

Estos antecedentes se vuelven menester recordar en todo tiempo y lugar. Hoy lo hago, por cuanto el tercer domingo del presente mes, como viene aconteciendo desde hace setenta y tres años, se conmemoró el Día Mundial de la Religión, con el objetivo de establecer un ambiente de concordia y tolerancia entre las aproximadamente 42 mil 200 religiones existentes en el planeta, según un estudio de Pew Research Center, en el que aparecen estos porcentajes de las religiones más difundidas en la actualidad: Cristianismo 31%, con 2400 millones de seguidores; Islamismo 24%, Hinduismo 15%, Budismo 7%.

Qué reconfortante  es saber  que ya no existen guerras declaradas de religión; no obstante y lamentablemente, en este campo perduran extremismos que no han desaparecido, que alientan clérigos que castigan la blasfemia, de mentalidad primitiva, incrustados en decisiones políticas, inclusive.

La libertad de pensamiento ha facilitado positivos avances para la dignidad humana, sobre todo en lo que respecta al rechazo al absolutismo político o religioso.