JUICIO NRO: 17320-2009-1127

  1. DEL E

UNIDAD JUDICIAL CIVIL, DE LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

CITACIÓN  JUDICIAL

A:  LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR  RAUL ANTONIO PUENTE PEREZ

ACTOR: DRA.DANA MIROSAVA ABAD ARÉVALO, PROCURADORA JUDICIAL DE LOS SEÑORES RAÚL ANDRÉS PUENTE MONCAYO y JUAN CARLOS PUENTE MONCAYO

DEMANDADOS: DANIEL ANTONIO TACÁN SALINAS

JUICIO  NRO: 17320-2009-1127

TIPO DE PROCESO: EJECUTIVO

TIPO DE ACCIÓN: COBRO DE LETRA DE CAMBIO

CUANTIA: $ 24.200,00 (VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS DOLARES)

P R O V I D E N C I A

JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, 01  de octubre del 2009, las 16h13.  VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite EJECUTIVO.- En consecuencia, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones en el término legal de tres días el demandado DANIEL ANTONIO TACAN SALINAS.- Por solicitarlo la parte actora, en mérito del certificado del Registro de la propiedad del Cantón y de conformidad con lo que dispone el articulo 423 del Código de Procedimiento Civil se ordena el embargo del bien inmueble de propiedad del demandado DANIEL ANTONIO TACAN SALINAS, ubicados en la parroquia La Magdalena de esta ciudad de Quito, cuyas características y demás dimensiones constan del testimonio escriturario que se acompaña.- Para la práctica de la presente diligencia cuéntese con uno de los señores Depositarios Judiciales de cantón y Comandante de la Policía Nacional del Distrito de Pichincha.- Habilítese el tiempo deficiente.- Hecho el embargo notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón, a fin de que tome nota del mismo al margen del libro respectivo.- Cítese al demandado en el lugar que se indica.- Previa copia y recibo en autos desglósese y entréguese la documentación adjunta a la presente.- Agréguense al proceso los documentos presentados.- Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por el actor.- NOTIFIQUESE.-.- Notifíquese. F)  DR. GERMAN GONZALEZ DEL POZO, JUEZ

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA.  Quito, martes 27 de julio del 2021, a las 10h45. Agréguese al proceso los escritos que anteceden. En atención a los mismos, dispongo: 1.- En virtud del juramento rendido por la parte actora, con fundamento en el Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos y la Resolución No. 07-2018 expedida por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, cítese a los herederos desconocidos de quien en vida fue RAUL ANTONIO PUENTE PEREZ, mediante publicaciones realizadas por la prensa, en un diario de amplia circulación nacional, en la forma establecida en la norma antes mencionada; para tal propósito, la parte interesada acérquese a esta Unidad Judicial a retirar el extracto correspondiente a fin de dar cumplimiento a la presente disposición. 2.- Del escrito presentado el 08 de julio del 2021, a las 14h55, en atención al mismo, con el pedido de revocatoria, en virtud al principio de contradicción, córrase traslado a la contraparte, por el término legal de tres días, a fin de que se pronuncien al respecto. Hecho que sea se atenderá lo que en derecho corresponda. Notifíquese. F) DRA. CRISTINA CHANGO BAÑOS, JUEZA

Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones.

  1. YOLANDA VARGAS CELI

SECRETARIA

Hay firma y sello