JUICIO No.: 17204-2021-03892

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

CITACION JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO

EXTRACTO JUDICIAL

JUICIO No.: 17204-2021-03892

ACCION: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS

PARTE ACTORA: GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ

PARTE DEMANDADA:   JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON, la niña MALENA TAIS IRAZABAL ZAMBRANO, representada por su madre JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON y herederos presuntos y desconocidos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO

OBJETO: Se realice el inventario y tasación de los bienes dejados por el causante VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO

FUNDAMENTO DE LA ACCIÓN: Artículos 341 y siguientes del COGEP

TRÁMITE: Voluntario

AUTO DE CALIFICACIÓN:

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. . Quito, viernes 22 de octubre del 2021, a las 15h41. VISTOS.- La demanda de alistamiento, inventario y tasación de bienes sucesorios, propuesta por GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ que antecede es clara y reúne los requisitos de ley, por lo que se le acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en el Art. 334 numeral 4) del Código Orgánico General de Procesos.- CÍTESE de INMEDIATO con la demanda y este auto a los herederos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO; su cónyuge sobreviviente JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON y a la niña MALENA TAIS IRAZABAL ZAMBRANO, que será citada por medio de su madre JUANITA DEL ROCIO ZAMBRANO BUITRON, en la dirección domiciliaria, que señala para el efecto, para lo cual, remítase las boletas correspondientes a la Oficina de Citaciones, asignada a esta Unidad Judicial, para los fines de Ley, previniéndole a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para que reciba sus notificaciones, caso contrario se continuará la causa en rebeldía.- En virtud del juramento rendido por las accionantes GABRIELA ALEJANDRA IRAZABAL VASQUEZ Y ANDREA NATHALY IRAZABAL VASQUEZ, bajo su estricta responsabilidad y con fundamento en lo previsto en los Arts. 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos; CÍTESE a los herederos presuntos y desconocidos de VICTOR HUGO IRAZABAL ROSERO, por medio de la prensa, en uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Quito, por secretaria, entréguese el extracto correspondiente.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, para los fines de Ley, para lo cual, remítase atento oficio al señor Registrador de la Propiedad del cantón Quito, adjuntando las copias certificadas necesarias.-Una vez citados los demandados, se procederá conforme lo establece el Art. 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos.- Agréguese a los autos los documentos que se acompañan a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por las accionantes, para sus notificaciones.-CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f) LILIA ERNESTINA AGUILAR GORDON, JUEZA.-

Lo que comunico y LE CITO para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en la causa 17204-2021-03892 para posteriores notificaciones.- CERTIFICO. Quito, 27 de octubre de 2021.

ABG. FAUSTO TOMÁS ABAD JIMÉNEZ

SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

Hay firma y sello