JUICIO 12336- 2021-00094

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTON

VALENCIA

 EXTRACTO DE CITACIÓN

A: Los herederos desconocidos de quien en vida fue SÁNCHEZ TUAREZ ELSA RAMONA

SE LE HACE SABER: Correspondió conocer a esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Valencia, provincia de Los Ríos, la demanda de PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO No. 12336- 2021-00094, seguido por SANCHEZ MEZA YULLY MARIA, en contra de CEDEÑO BRAVO JOSÉ RAFAEL, y de los herederos conocidos de quien en vida fue SÁNCHEZ TUAREZ ELSA RAMONA, que son CEDEÑO SÁNCHEZ DEMETRIO, CEDEÑO SÁNCHEZ LUCINDA DIVINA, CEDEÑO SÁNCHEZ- ELBA ISABEL, CEDEÑO SÁNCHEZ BANNERG TOMAS, y CEDEÑO SÁNCHEZ NORMA RAQUEL, y contra de los herederos desconocidos que pudiese haber dejado el de cujus, debiendo realizarse la citación por medio de publicaciones en un periódico, cuyo extracto es:

ACTOR: SANCHEZ MEZA YULLY MARIA

DEMANDADOS: CEDEÑO BRAVO JOSÉ RAFAEL, y de los herederos conocidos de quien en vida fue SÁNCHEZ TUAREZ ELSA RAMONA, que son CEDEÑO SÁNCHEZ DEMETRIO, CEDEÑO SÁNCHEZ LUCINDA DIVINA, CEDEÑO SÁNCHEZ ELBA ISABEL, CEDEÑO SÁNCHEZ BANNERG TOMAS, y CEDEÑO SÁNCHEZ NORMA RAQUEL, y contra de los herederos desconocidos que pudiese haber dejado el de cujus.

OBJETO DE LA DEMANDA: Señoría en razón que me encuentro en posesión pacifica, de buena fe, tranquila e ininterrumpida, sin violencia ni clandestinidad por más de 16 años hasta la fecha, SOLICITO QUE EN SENTENCIA se reconozca a mi favor el dominio del terreno descrito, ordenando al mismo tiempo la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón Valencia, provincia de Los Ríos, pues de conformidad con lo que dispone el art. 2413 del Código Civil, la sentencia judicial que declara una prescripción hará las veces de escritura pública para la propiedad de bienes raíces.

TRAMITE: Procedimiento Ordinario CUANTÍA: Indeterminada

JUEZ DE LA CAUSA: DR. JORGE ARIAS DESIDERIO

PROVIDENCIA: Avoco conocimiento de la demanda presentada por SÁNCHEZ MEZA YULLY MARIA, en contra de CEDEÑO BRAVO JOSÉ RAFAEL, y de los

herederos conocidos de quien en vida fue SÁNCHEZ TUAREZ ELSA RAMONA, que son CEDEÑO SÁNCHEZ DEMETRIO, CEDEÑO SÁNCHEZ LUCINDA DIVINA, CEDEÑO SÁNCHEZ ELBA ISABEL, CEDEÑO SÁNCHEZ BANNERG TOMAS, y CEDEÑO SÁNCHEZ NORMA RAQUEL, y contra de los herederos desconocidos que pudiese haber dejado el de cujus, la misma que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), por lo que de conformidad con lo estatuido en el Art. 291 del COGEP, se la califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO.

CITACIÓN: A fin de garantizar el Derecho a la Defensa, conforme lo prescrito por el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador, se ordena CITAR con la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos, escrito de complemento y este auto inicial, a los demandados.- SE DISPONE LA CITACIÓN a los herederos desconocidos de quien en vida fue SÁNCHEZ TUAREZ ELSA RAMONA, según lo dispuesto en el Art. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en letra tipo helvética, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación en este Cantón. De no haberlo se harán en un periódico de la capital de la provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones integras se agregarán al proceso, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad Judicial confiera el extracto correspondiente en el momento procesal oportuno. Conforme lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, SE CONCEDE A LOS DEMANDADOS EL TÉRMINO DE TREINTA DÍAS, PARA QUE CONTESTEN LA DEMANDA en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.-

Valencia, 24 de agosto del 2021

AB. VERÓNICA MARCILLO MOREIRA

SECRETARIA

UNIDAD JUDICIA MULTICOMPETENTE

CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA