JUICIO 12203-2022-00861

Juicio No. 12203-2022-00861

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO, PROVINCIAL. Quevedo, lunes 11 de julio del 2022, a las 09h50.

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO: LUIS ENRIQUE CUYO AYALA

SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio ORDINARIO DE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO No. 12203-2022-00861 presentada por la señora MARIANELA DEL CARMEN CEDEÑO VELIZ, en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CUYO AYALA, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: MARIANELA DEL CARMEN CEDEÑO VELIZ

OBJETO DE LA DEMANDA: Señor juez luego de mantener un noviazgo de varios meses, con fecha de 20 de febrero del 2017, me uní de forma estable y monogamica con el ciudadano LUIS ENRIQUE CUYO AYALA de estado civil soltero, y la compareciente de estado civil divorciada, desde la fecha indicada hemos habitado bajo el mismo techo casa tipo villa color melón con verde ubicada en la calle sin nombre hasta nuestra separación que fue por causa del fallecimiento de mi conviviente sucedido el 26 de diciembre del 2020 hasta esta fecha siempre nos auxiliamos mutuamente por lo tanto mis familiares como los de mi conviviente LUIS ENRIQUE CUYO AYALA la comunidad y la sociedad de mi sector “LA CIMA” de la Parroquia San Cristóbal (margen derecho) Quevedo-Valencia del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos nos reconoció como marido y mujer. Señor juez debo manifestar a su autoridad que durante los 3 años y 10 meses de unión estable monogamica que mantuvimos bajo el mismo techo con el hoy fallecido LUIS ENRIQUE CUYO AYALA no procreamos hijos.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece con los Art. 289 del Código Orgánico General de Proceso, Art. 67 y 68 de Constitución de la República del Ecuador que guarda armonía con lo preceptuado por los art. 222 y 232 del Código Civil y art. 2 de la ley No. 115 publicada en el registro oficial No. 399 de 29 de diciembre de 1982, al amparo de lo que manda el Art. 57 de la Ley Orgánica de gestión de la identidad y datos civiles publicado en el segundo suplemento del registro oficial No. 684, del  Jueves 4 de febrero del año2016.

TRAMITE: ORDINARIO

CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA: Dra. Gloria Segovia Vinza Jueza esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto de Interlocutorio de Calificación de fecha viernes 24 de junio del 2022, las 16h59, se ordenó citar por la prensa a los Herederos desconocidos de quien en vida se llamó LUIS ENRIQUE CUYO AYALA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art.  58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que la actora afirma bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia o domicilio actual de dichos herederos desconocidos. –

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes. – Certifico. –

Particular que comunico para los fines de Ley.

Quevedo, 11 de Julio del 2022

MENDOZA SEGOVIA GALO LUIS

SECRETARIO