Presidente de Ecuador pide a CIADI no aceptar arbitraje a Petrolera Occidental

El Presidente Alfredo Palacio, mediante carta dirigida a la Consejera Principal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), pidió que se abstenga de conocer el arbitraje planteado contra el país y respaldó la posición de Petroecuador frente a la solicitud presentada por Occidental Petroleum Company-OPC y Occidental Exploration and Production Company (OEPC).

El primer mandatario señala que el Contrato de Participación suscrito con OEPC, producto de varias negociaciones, constituye ley para las partes y que en el mismo se establecen los mecanismos para resolver las controversias que surjan de su ejecución, por tanto, reitera que en aplicación de las estipulaciones contractuales y de la Ley de Hidrocarburos, se procedió a la declaratoria de caducidad del contrato por manifiesta violación de las mismas.

Puntualiza que no existe ninguna violación por parte de Petroecuador a las normas de Derecho Internacional ni a las leyes nacionales y menos al contrato, y que el registro de la solicitud de arbitraje presentado por Occidental Exploration & Production Company y Occidental Petroleum Company ha sido presentado sin tomar en cuenta la cláusula vigésimo primera del contrato, es decir, que la causal de caducidad se encuentra expresamente fuera de la jurisdicción arbitral del CIADI.

El doctor Palacio concluye manifestando que las medidas provisionales solicitadas por la compañía Occidental no deben ser aceptadas por el CIADI, toda vez que son jurídicamente absurdas e inadmisibles y por lo mismo, motivan su terminante oposición, y que esta comunicación en modo alguno significa una renuncia expresa ni tácita a los derechos que Petroecuador y el Estado ecuatoriano tienen sobre lo pactado en el contrato para resolver las controversias derivadas de él.

Por su parte, el Presidente Ejecutivo de Petroecuador, doctor Galo Chiriboga, en carta dirigida a la doctora Gabriela Álvarez, Consejera Principal del CIADI, sostuvo que el pedido de Occidental para la adopción de medidas provisionales ni siquiera el Tribunal Arbitral tendría autoridad para admitirlas, ya que afectarían directamente a las atribuciones administrativas confiadas exclusivamente a Petroecuador por la legislación ecuatoriana y cuya adopción implicaría coartar el ejercicio de esas potestades públicas.

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