El traspaso de multas recibidas luego de vender un vehículo

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Ley. Esta reforma fue realizada en 2021.

Para realizar la venta de un vehículo se debe cumplir con el procedimiento de traspaso de dominio ante las entidades de control para evitar registrar deudas por infracciones realizadas por el nuevo dueño del automotor.

El artículo 102 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, reformada en 2021,  señala que es responsabilidad del comprador del vehículo realizar el traspaso de dominio dentro de un plazo de 30 días desde el reconocimiento de firmas en el contrato.

Además, indica que multas que se ocasionen hacia el vendedor por el incumplimiento del traspaso luego del reconocimiento de firmas en el contrato de compraventa, será trasladada al comprador.

Este traslado será automático y se podrá realizar con la petición u oficio del vendedor del automotor con la documentación pertinente.

Para este procedimiento es necesario que las personas interesadas acudan hasta la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) con el contrato de compraventa para validar el procedimiento. (VAB)