El plazo para la declaración de impuestos a la renta y otras obligaciones tributarias que vencen en marzo han sido ampliadas.
El alto tráfico de usuarios de la página web del Servicio de Rentas Internas (SRI) y la presencia de problemas e interrupciones al realizar los procesos de declaración de las obligaciones tributarias, la institución ha decidido ampliar el plazo.
Esta medida es para las declaraciones del impuesto a la renta de personas naturales, Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) personas naturales y sociedades y demás obligaciones con vencimiento en marzo.
Los contribuyentes que pertenecen al Régimen general y su noveno número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) es dos podrán presentar su declaración de impuestos hasta el 24 de marzo, en el caso del número tres, la fecha límite es el 28 de marzo. (VAB)
Los contribuyentes pertenecientes al régimen Rimpe podrán hacerlo en las siguientes fechas:
Dígito 1
Ampliación hasta el 30 de marzo
Dígito 2
Ampliación hasta el 31 de marzo
Dígito 5
Ampliación hasta el 3 de abril
Dígito 8
Ampliación hasta el 4 de abril
Digito 9
Ampliación hasta el 5 de abril.