Varios


REPUBLICA DEL ECUADOR DEL ECUADOR
EXTRACTO
VISTO BUENO No 239329-2015-PTP
ACTOR: SANTIAGO ALEJANDRO SERRANO LUCIANO
ACCIONADO: JUANA ESTRELLA ZAMBRANO ALVARADO
CAUSAL: Articulo 172 numerales 1 del Código del Trabajo.
INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 23 de noviembre de 2015, a las 13H00.- Dentro de la solicitud de Visto Bueno signada con el N° 239329-2015- PTP, presentada por el señor/a SANTIAGO ALEJANDRO SERRANO LUCIANO, en contra del trabajador/a JUANA ESTRELLA ZAMBRANO ALVARADO.- En lo principal se dispone lo siguiente: 1) Revóquese la providencia del 20 de noviembre de 2015 a las 16H00 y notificada el mismo día a las 17:03; 2) Con la extracto de la solicitud de Visto Bueno y esta providencia notifíquese al trabajador a través de la prensa como lo dispone el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, luego de lo cual se concede el término de dos días para que conteste y previniéndole la obligación que tiene de señalar casillero judicial, con su contestación o sin ella realícese las investigaciones de Ley; 3) Se concede el plazo de 15 para que el accionante presente las publicaciones por la prensa.-NOTIFIQUESE.-f) Ab. Pablo Toapanta Proaño.
PABLO TOAPANTA PROAÑO
INSPECTOR INTEGRAL DE TRABAJO
Hay firma y sello
PAC105246fa



EXTRACTO
NOTARIA PRIMERA DE QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública No. P07145, otorgada ante el Dr. Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del Cantón Quito, el 19 de Noviembre de 2015, señor EDISON NAPOLEON PARRA SANDOVAL y señora CORINA DEL ROSARIO SALGUERO PALACIOS, legalmente representada por su mandante la señorita LUZ EUGENIA SALGUERO PALACIOS, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta según Sentencia del Juez Octavo de lo Civil de Pichincha, con fecha 9 de Diciembre de 1997, marginada en el Registro Civil el 16 de Diciembre de 1997.
Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No. 406 de 28 de Noviembre del 2006, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, por una sola vez, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los ex cónyuges señor EDISON NAPOLEON PARRA SANDOVAL y señora CORINA DEL ROSARIO SALGUERO PALACIOS, otorgada mediante escritura pública de 19 de Noviembre de 2015, ante el suscrito Dr. Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Quito, 19 de Noviembre de 2015.
DR. JORGE MACHADO CEVALLOS NOTARIO DEL PRIMERO DEL CANTON QUITO
Hay firma y sello
PAC105252fa



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NOTARIA NOVENA DEL CANTON QUITO.-Cúmpleme poner en conocimiento del público, que mediante escritura pública otorgada ante la Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta , Notaria Novena del cantón Quito, el día 11 de Agosto del 2015, los señores Julio Elías Padilla Ferigra y Carmen de los Angeles Paredes Morales, procedieron a liquidar el patrimonio de la Sociedad Conyugal, la misma que fue disuelta mediante sentencia de divorcio dictada por el Juez Segundo de lo Civil de Pichincha de fecha 21 de enero del 2011.-
La adjudicación del patrimonio se halla detallado en el texto de la referida escritura de liquidación de Sociedad Conyugal; por lo que, en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la ley Notarial publicada en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006; que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales y entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario Disponer la inscripción en el Registro de la Propiedad, la escritura de liquidación de la Sociedad Conyugal, previo al trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público , el extracto de la liquidación de la Sociedad conyugal correspondiente a los señores Julio Elías padilla Ferigra y Carmen de los Angeles Paredes Morales, conforme a la escritura otorgada ante la Notaria Novena del cantón Quito, Doctora Alicia Yolanda Alabuela Toapanta de fecha 11 de agosto del 2015, por el término de veinte días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.- Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.-
Quito, 25 de noviembre del 2015
DRA. ALICIA YOLANDA ALABUELA TOAPANTA
NOTARIA NOVENA DEL CANTÓN QUITO
Hay firma y sello
PAC105251fa



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Dr. Edward Franco C.
NOTARIO
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NOTARIA QUINCUAGÉSIMA SEXTA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública número dos mil veinte y cinco, otorgada ante mí, Doctor Edward Franco Castañeda, Notario Quincuagésimo Sexto del Cantón Quito, el veinte y cuatro de noviembre del año dos mil quince, los señores CESAR TOAPANTA AIMACAÑA y MARIA AURORA AULES, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera disuelta por disolución de la sociedad conyugal, según acta notarial celebrada ante el Notario Quincuagésimo Sexto del Cantón Quito, el veinte y uno de julio del dos mil quince, marginada en el Registro Civil el cuatro de agosto de dos mil quince.
Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley Notarial vigente el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores CESAR TOAPANTA AIMACAÑA y MARIA AURORA AULES, otorgada mediante escritura pública otorgada el veinte y cuatro de noviembre del año dos mil quince, ante mí, Doctor Edward Franco Castañeda, Notario Quincuagésimo Sexto del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.
Quito, a veinte y cuatro de noviembre del año dos mil quince.
DR. EDWARD FRANCO CASTAÑEDA
NOTARIO QUINCUAGÉSIMO SEXTO DE QUITO
Hay Firma y Sello
PAB/12875/AS