JUICIO No. 17230-2016-04941

REPUBLICA DEL ECUADOR.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO
JUICIO No. 17230-2016-04941
TRAMITE: ESPECIAL- EMBARGO Y REMATE DE PRENDA.
ACTOR: AB. NATHALIA ESTEFANIA PAREDES DEL CASTILLO, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO CAPITAL S.A.
DEMANDADOS: DIEGO CEOVANNY CASILLAS SILLO y MARINA OFELIA TIPAN TIPAN.
CUANTIA: 26.000,00. (VEINTISEIS MIL DÓLARES DE LOS FS’I’ADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA)
JUEZA: AB. VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de julio del 2016, las 15h41. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, así como el certificado de vigencia adjunto. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, Por hallarse en vigencia el Contrato de Primera Prenda Industrial Abierta que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Mazda, Modelo BT-50 CD RAUDA TM 2.18 4X2, Año 2013, Color Blanco y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con el señor Luis Enrique Arias, Depositario Judicial de este cantón. Cítese a los demandados señores CASILLAS SILLO DIEGO GEOVANNY y TIPAN TIPAN MARINA OFELIA en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFIQUESE.- f) LARREA DAVALOS FELIPE PATRICIO, JUEZ
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de noviembre del 2019, las 09h42, Continuando con la sustanciación del proceso y de conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art, 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- NOTIFÍQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA.
Lo que comunico y CITO a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones
DR. JOSE RAÚL VALENCIA ARIAS.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAB/24237/AT


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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO
CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO
JUICIO No. 17230-2016-04941
TRAMITE: ESPECIAL- EMBARGO Y REMATE DE PRENDA.
ACTOR: AB. NATHALIA ESTEFANIA PAREDES DEL CASTILLO, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO CAPITAL S.A.
DEMANDADOS: DIEGO CEOVANNY CASILLAS SILLO y MARINA OFELIA TIPAN TIPAN.
CUANTIA: 26.000,00. (VEINTISEIS MIL DÓLARES DE LOS FS’I’ADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA)
JUEZA: AB. VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de julio del 2016, las 15h41. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, así como el certificado de vigencia adjunto. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, Por hallarse en vigencia el Contrato de Primera Prenda Industrial Abierta que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Mazda, Modelo BT-50 CD RAUDA TM 2.18 4X2, Año 2013, Color Blanco y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con el señor Luis Enrique Arias, Depositario Judicial de este cantón. Cítese a los demandados señores CASILLAS SILLO DIEGO GEOVANNY y TIPAN TIPAN MARINA OFELIA en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFIQUESE.- f) LARREA DAVALOS FELIPE PATRICIO, JUEZ
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de noviembre del 2019, las 09h42, Continuando con la sustanciación del proceso y de conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art, 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- NOTIFÍQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA.
Lo que comunico y CITO a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones
DR. JOSE RAÚL VALENCIA ARIAS.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA
Hay firma y sello
PAB/24237/AT


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CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO
JUICIO No. 17230-2016-04941
TRAMITE: ESPECIAL- EMBARGO Y REMATE DE PRENDA.
ACTOR: AB. NATHALIA ESTEFANIA PAREDES DEL CASTILLO, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO CAPITAL S.A.
DEMANDADOS: DIEGO CEOVANNY CASILLAS SILLO y MARINA OFELIA TIPAN TIPAN.
CUANTIA: 26.000,00. (VEINTISEIS MIL DÓLARES DE LOS FS’I’ADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA)
JUEZA: AB. VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de julio del 2016, las 15h41. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, así como el certificado de vigencia adjunto. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, Por hallarse en vigencia el Contrato de Primera Prenda Industrial Abierta que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Mazda, Modelo BT-50 CD RAUDA TM 2.18 4X2, Año 2013, Color Blanco y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con el señor Luis Enrique Arias, Depositario Judicial de este cantón. Cítese a los demandados señores CASILLAS SILLO DIEGO GEOVANNY y TIPAN TIPAN MARINA OFELIA en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFIQUESE.- f) LARREA DAVALOS FELIPE PATRICIO, JUEZ
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de noviembre del 2019, las 09h42, Continuando con la sustanciación del proceso y de conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art, 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- NOTIFÍQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA.
Lo que comunico y CITO a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones
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CITACIÓN JUDICIAL A: DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO
JUICIO No. 17230-2016-04941
TRAMITE: ESPECIAL- EMBARGO Y REMATE DE PRENDA.
ACTOR: AB. NATHALIA ESTEFANIA PAREDES DEL CASTILLO, PROCURADORA JUDICIAL DEL BANCO CAPITAL S.A.
DEMANDADOS: DIEGO CEOVANNY CASILLAS SILLO y MARINA OFELIA TIPAN TIPAN.
CUANTIA: 26.000,00. (VEINTISEIS MIL DÓLARES DE LOS FS’I’ADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA)
JUEZA: AB. VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 7 de julio del 2016, las 15h41. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado, así como el certificado de vigencia adjunto. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley, Por hallarse en vigencia el Contrato de Primera Prenda Industrial Abierta que se acompaña a la demanda, se ordena el embargo y remate en pública subasta del vehículo Marca Mazda, Modelo BT-50 CD RAUDA TM 2.18 4X2, Año 2013, Color Blanco y más características constantes en el referido contrato, para con el producto del remate pagarse al acreedor. Para la práctica de esta diligencia cuéntese con uno de los señores miembros de la Policía Nacional y con el señor Luis Enrique Arias, Depositario Judicial de este cantón. Cítese a los demandados señores CASILLAS SILLO DIEGO GEOVANNY y TIPAN TIPAN MARINA OFELIA en el lugar que se indica, para lo cual remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del cantón Mejía, provincia de Pichincha. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFIQUESE.- f) LARREA DAVALOS FELIPE PATRICIO, JUEZ
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 26 de noviembre del 2019, las 09h42, Continuando con la sustanciación del proceso y de conformidad a lo establecido en el Art. 20 del Código Orgánico de la Función Judicial, por ser el estado de la causa, en mérito del juramento rendido, de conformidad con el Art, 56 del Código Orgánico General de Procesos, cítese al demandado DIEGO GEOVANNY CASILLAS SILLO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación del lugar, para el efecto, por secretaría confiérase el extracto correspondiente, a fin de citar al demandado.- NOTIFÍQUESE. f) VELA RIBADENEIRA MARIA CRISTINA, JUEZA.
Lo que comunico y CITO a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones
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