JUICIO: 2014-2987

CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: LEÓN BASTIDAS RODOLFO, por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia, o individualidad, se le hace saber lo que sigue:

JUICIO: 2014-2987

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: APREHENCION Y ENTREGA

ACTORA: MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO PROCURADORA JUDICIAL DE

DR.JORGE IVAN ALVARADO GERENTE GENERAL Y PROCURADOR

JUDICIAL DEL BANCO DE LA PRODUCCIÓN S.A. PRODUBANCO

DEMANDADOS RODOLFO FERNANDO LEON BASTIDAS

CUANTÍA: CATORCE MIL DOLARES.

JUEZ: DR. LUIS FERNANDO FONSECA BAUTISTA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 14 de agosto del 2014, las 11h03. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, según Resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura No. 064-2014; y, en mi calidad de Jueza Titular del despacho de esta Judicatura, conforme la Acción de Personal No. 3609-DNTH-2014.- La demanda que precede es clara y completa, por lo que se la admite a trámite de conformidad con esta clase de juicios. En vista de haberse presentado el respectivo contrato de Compra Venta con Reserva de Dominio, el mismo que se halla vigente por no haberse pagado totalmente el valor adeudado, a petición de la parte actora, /se ordena la APREHENSIÓN del vehículo materia del contrato, para lo que se oficiarán señor Jefe de la Policía Judicial de la provincia de Pichincha, para que a través de uno de los miembros realicen la Aprehensión del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo AVEO EMOTION 1.6L STD; Tipo: SEDAN 4 PUERTAS; Año : 2011; Color DORADO, Motor No.: F16D38408761; Chasis No.- 8LATW586XB0101944; CARROCERÍA; METÁLICA; aprehendido dicho vehículo se lo entregará al Banco de la Producción S:A: PRODUBANCO en la ciudad de Ambato, interviniendo’ para el efecto el señor Abg. Vinicio Daniel Freiré Estévez en calidad de Depósito Judicial quién deberá presentar la correspondiente acta en autos, habilitándose el tiempo inhábil; por lo que, CÍTESE al demandado señor: RODOLFO FERNANDO LEON BASTIDAS; para el efecto; DEPRECASE, a uno de los señores Jueces de lo Civil del cantón Quito, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Bajo los presupuestos establecidos en el noveno Art. Innumerado de la sección V del Título II, libro segundo del Código de Comercio, el deudor podrán recuperar el bien en el término de quince días citado legalmente. Téngase en cuenta la calidad en la que comparece la actora. Tómese nota del casillero judicial señalado por el actor y la autorización que le concede a su Abogado defensor. Actué la Ab. Silvia Heredia como Secretaria Encargada del despacho, por licencia de su titular, conforme Acción de Personal No. DP18-0755-2014 de fecha lunes 4 de agosto del 2014. Cítese y notifíquese.

Firma ilegible

NARANJO LLERENA LIDIA ELIZABETH

JUEZ

Certifico:

Firma ilegible

HEREDIA VILLACIS SILVIA GISSELA (E)

SECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 11 de septiembre del 2017, las 15h45. El escrito que antecede agréguese a los autos. Por cuanto la actora de la presente causa BETHILA JEANETH MORALES VILLAGOME. En calidad de procurador judicial del señor Jorge Iván Alvarado Carrera Secretario y Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A. Produbanco manifiesta que pese a las múltiples averiguaciones para determinar la individualidad el domicilio o residencia del demandado señor LEON BASTIDAS RODOLFO le ha sido imposible encontrarlos por lo que CITESELES por medio de la prensa, como lo determina el Art. 56 Nº1 del Código Orgánico General de Procesos, en uno de los diarios que se editan en esta ciudad de Ambato.- Notifíquese.-

Firma ilegible

FONSECA BAUTISTA LUIS FERNANDO

JUEZ

Certifico:

YANCHALIQUIN YANCHALIQUIN JULIA ALEXANDRA

SECRETARIA

LO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, ADVIRTIENDO DE LA OBLIGACION QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PARA QUE RECIBA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES, BAJO PREVENCIONES DE REBELDIA. AMBATO, MIERCOLES 3 DE ENERO DEL 2018.

ABG. JULIA A. YANCHALIQUIN Y.

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON

AMBATO.

Hay un sello

P*144485/2014-2987


CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: CISNEROS CRIOLLO LENIN HECTOR, por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia, o individualidad, se le hace saber lo que sigue:

JUICIO: 2015-05174

CLASE DE JUICIO: ESPECIAL

ASUNTO: CONCURSO DE ACREEDORES

ACTORA: MARIA EUGENIA DONOSO PROAÑO

DEMANDADOS LENIN HECTOR CISNEROS CRIOLLO

CUANTÍA: CINCO MIL QUINIENTOS DOLARES DOLARES

JUEZ: DR. LUIS FERNANDO FONSECA BAUTISTA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO TUNGURAHUA. Ambato, martes 24 de noviembre del 2015, las 15h54. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil de Ambato , según Resolución N.- 0039 – 2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 06 de marzo del 2014, y, por el sorteo legal practicado.-En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley; en consecuencia se la admite al trámite de Juicio de INSOLVENCIA. Como con las copias certificadas presentadas, las mismas que se mandan a agregar al proceso, aparece que CISNEROS CRIOLLO LENIN HECTOR se encuentra comprendido dentro de las disposiciones del Art. 519 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil en Vigencia, se declara con lugar la formación de concurso de acreedores y se ordena el depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos los cuales se entregarán al Síndico de la Quiebra Dr. Viktor Torres, en forma legal; que la formación del concurso de comunique al público, por medio de la prensa, en uno de los Diarios que se editan en esta Ciudad de Ambato; que se señale día, hora y lugar en que se celebre la junta de acreedores, que se acumulen todos los juicios en contra de la deudora, por obligación de dar o hacer, para lo que se oficiará a los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil de esta Ciudad; igualmente ofíciese a uno de los señores Fiscal de lo Penal de Tungurahua, para que inicie la Indagación Previa respectiva, en orden a la calificación de la insolvencia. Se previene al deudor de no ausentarse del lugar sin previo aviso a la Unidad Judicial; y que dentro de ocho días deberá presentarse el balance de sus bienes con expresión del activo y pasivo, en caso de no hacerlo, se mandará formar el balance por el Síndico de la Quiebra o por uno de los acreedores. Prohíbase hacer pagos o entregas a la demandada so pena de nulidad, advirtiéndose a quienes tengan papeles de la misma, que están en la obligación de entregar al síndico, incurrirán en responsabilidad penal. Como que el fallido queda de hecho en interdicción de administrar bienes, notifíquese con esta providencia a los señores Notarios y Registrador Municipal de la propiedad de la propiedad de este cantón; ofíciese en igual sentido a los señores Gerentes de los Bancos y Cooperativas de la localidad para dar cumplimiento con la Ley. Cítese a la demandada, con la demanda y esta providencia, en el lugar que se indica para el efecto cuéntese con la Oficina de Citaciones, el misma que podrá oponerse a esta declaratoria pagando la cantidad adeudada o dimitiendo bienes equivalentes, dentro del término legal. Tómese en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalado por la actora para recibir sus notificaciones. Agréguense a los autos los documentos adjuntos. Cítese y Notifíquese.

Firma ilegible

TIBANLOMBO SALAZAR MILTON ADALBERTO

JUEZ

Certifico:

Firma ilegible

SALAZAR VELASCO MARCO WILFRIDO

SECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato lunes 30 de octubre del 2017, las 15h31. El escrito que precede agréguese en lo principal por cuanto la actora en la calidad que sonta de autos declara con juramento que le ha sido imposible determinar el actual domicilio residencia o individualidad del demando sr CISNEROS CRIOLLO LENIN HECTOR de conformidad con lo que dispone el Art. 56 numeral 1 del código orgánico General de Procesos, cítesele con la demanda en forma extractada la providencia inicial y la presente providencia mediante tres publicaciones en uno de los Diarios que se editan en esta ciudad de Ambato . Notifíquese

Firma ilegible

FONSECA BAUTISTA LUIS FERNANDO

JUEZ

Certifico

Firma ilegible

YANCHALIQUIN YANCHALIQUIN JULIA ALEXANDRA

SECRETARIA

LO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, ADVIRTIENDO DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PARA QUE RECIBA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES, BAJO PREVENCIONES DE REBELDÍA. AMBATO, VIERNES 15 DE DICIEMBRE DEL 2017.

ABG. DIANA ALEXANDRA NUÑEZ SOLIS

SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P*144486/2015-05174


REPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO

A: ESPIN CARRILLO RAUL ANTONIO; por desconocer su individualidad o actual domicilio o residencia, se les hace saber lo que sigue y hay en su contra:

CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO

NUMERO: 18334-2012-0927V

ACTOR: JUAN IGNACIO GORTAIRE HOLGUIN – EN CALIDAD DE APODERADO GENERAL DEL BANCO PROMERICA S.A – SUCURSAL AMBATO.

DEMANDADO: ESPIN CARRILLO RAUL ANTONIO

CUANTÍA: 5.500.00 DOLARES AMERICANOS

JUEZ: ABG. AMNELORE LOAYZA

«UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 28 de noviembre del 2012, las 09h45. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo verificado y en mi condición de Juez Temporal Quinto de lo Civil de Tungurahua, mediante acción de personal N°621 CJ-DPT, de fecha 26 de julio del 2012. La demanda que precede por ser clara y legal se la acepta al trámite Ejecutivo, por lo tanto, CÍTESE al demandado RAUL ANTONIO ESPIN CARRILLO, en el lugar que se indica para el efecto, sin perjuicio de hacerlo personalmente en el lugar que se lo encuentre, a fin de que pague o proponga excepciones dentro de tres días luego de citado legalmente. Por ver méritos en Autos Se ordena el Secuestro del automóvil marca Nissan, Tipo Sedan, Color Amarillo, de Placas EZT-0690 y más detalles que obran del certificado adjunto, para lo cual se contara con uno de los Depositarios judiciales, y con la ayuda de un miembro de la Policía Nacional. Agréguese al proceso los documentos. Téngase en cuenta el ofrecimiento que hace el actor de reconocer pagos parciales que se justifiquen legalmente. Tómese nota del casillero judicial y correo electrónico para receptar ahí sus notificaciones futuras, así como la autorización que le confiere al Ab. Patrocinador en la presente causa. Cítese y notifíquese.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, lunes 20 de noviembre del 2017, las 14h32. Causa: 2012-0927V.- El escrito que antecede agréguese a los autos, por cuanto el actor de la presente causa MORALES VILLAGOMEZ BERTHILA JEANETH en calidad de Procurador Judicial del señor Jorge Iván Alvarado Carrera, Secretario General y Procurador Judicial del Banco de la Producción S.A Produbanco, manifiesta que pese a las múltiples averiguaciones para determinar la individualidad, el domicilio o residencia, que se han efectuado las diligencias necesarias para tratar de ubicar al demandado señor ESPIN CARRILLO RAUL ANTONIO, le ha sido imposible encontrarlo, CÍTESE, por medio de la prensa como lo determina el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos en uno de los diarios que se editan en esta ciudad de Ambato.- Notifíquese.-

Particular que pongo en su conocimiento, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial para recibir futuras notificaciones, bajo prevenciones de rebeldía.

Atentamente

Firma ilegible

Dr. Héctor Garcés

SECRETARIO

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE AMBATO.

Hay dos sellos

P*144487/18334-2012-0927V


CITACION JUDICIAL

EXTRACTO

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: ITURRALDE MARCHAN DIEGO PATRICIO y HERRERA NARVAEZ KELLY DEL ROCÍO, por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia, o individualidad, se le hace saber lo que sigue:

JUICIO: 2015-0742

CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO

ASUNTO: COBRO DE DINERO

ACTORA: DR. SIXTO EDARDO MAYORGA MORA APODERADO ESPECIAL Y PROCURADOR JUDICIAL DEL PRESIDENTE ADJUNTO Y REPRESENTANTE LEGAL DEL BANCO PICHINCHA C.A.

DEMANDADOS: ITURRALDE MARCHAN DIEGO PATRICIO, HERRERA NARVAEZ DEL ROCÍO KELLEY

CUANTÍA: MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN DOLARES, CON 19/100 CENTAVOS DE DOLAR

JUEZ: AB. PACO VINICIO MIRANDA MARTINEZ

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 12 de febrero del 2015, las 16h48. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de lo Civil con sede en el cantón Ambato. En lo principal, la demanda presentada por el BANCO DEL PICHINCHA C.A., a través de su procurador judicial DR. SIXTO EDUARDO MAYORGA MORA, en contra de los señores ITURRALDE MARCHAN DIEGO PATRICIO, en calidad de deudor principal y de HERRERA NARVAEZ KELLY DEL ROCÍO, en calidad de aval, se la califica de clara y completa, en tal virtud, se la admite a trámite EJECUTIVO. Téngase en cuenta la cuantía fijada. Cítese a los demandados con la demanda y este auto, en la dirección consignada en la demanda, a través de la oficina de citaciones de esta Corte Provincial; para lo cual, por medio de Secretaría, confiérase despacho en forma. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y la autorización que le confiere a su patrocinador. Agréguese al proceso la documentación adjunta, en virtud de ella, téngasele al DR. SIXTO EDUARDO MAYORGA MORA, en la calidad arriba indicada. De conformidad con lo prescrito en el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, la parte demanda, una vez legalmente citada, en el término de tres días cumpla la obligación demandada o proponga excepciones. Notifíquese y cítese.-

Firma ilegible

ALTAMIRANO INTRIAGO DIEGO RICARDO

JUEZ

Certifico:

Firma ilegible

GALRRADO ORTEGA EDITH IRALDA

SECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 10 de enero del 2018, las 15h00. Incorpórese a los autos el escrito que antecede para los fines de ley Cumplido que ha sido el requerimiento realizado, cítese extractadamente con la demanda, auto inicial y este auto a ITURRALDE MARCHAN DIEGO PATRICIO y HERRERA NARVAEZ KELLY DEL ROCÍO, por uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad, de conformidad a lo señalado en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, a fin de que transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para que conteste la demanda. Las publicaciones se realizarán en tres fechas distintas, para lo cual confiérase el extracto respectivo. Actúe en calidad de Secretario Titular el Abg. Byron Barona Castro NOTIFIQUESE.-

Firma ilegible

MIRANDA MARTINEZ PACO VINICIO

JUEZ

Certifico:

Firma ilegible

BARONA CASTRO BYRON PATRICIO

SECRETARIO

LO QUE PONGO EN SU CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, ADVIRTIENDO DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PARA QUE RECIBA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES, BAJO PREVENCIONES DE REBELDÍA. AMBATO, MIÉRCOLES 31 DE ENERO DEL 2018.

firma ilegible

ABG. BYRON PATRICIO BARONA CASTRO

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL DEL CANTON AMBATO

Hay un sello

P *144520/2015-0742


CITACIÓN JUDICIAL

EXTRACTO

JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: HIDALGO SANCHEZ JORGE ANÍBAL per haber sida Impasible determinar el actual domicilio, residencia, a individualidad, se le hace saber te que sigue:

JUICIO: 2015-05143

CLASE DE JUICIO: EJECUTIVO

ASUNTO: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO

ACTORA: BERTHILA JEANETH MORALES VILLAGOMEZ

DEMANDADOS: SILVIA CAORLOTA GALLARDO CLAVIJO, JORGE ANIBAL

HIDALGO SANCHEZ

CUANTÍA: OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

JUEZ: DR.LUÍS FERNANDO FONSECA BAUTISTA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, jueves 19 de noviembre del 2015, las 16h10. VISTOS: Atenta a la razón de sorteo que antecede, avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con Sede en el cantón Ambato. En lo principal, previo a calificar la demanda, en el término de tres días la actora complete su acción de conformidad con lo dispuesto en los Art. 67 numeral 2 del Código de Procedimiento Civil, indicando su estado civil y edad, bajo prevenciones de ley de acuerdo al Art. 69 ibidem. Actúa en la causa la Ab. Silvia Gissela Heredia Villacis, en calidad de Secretaria según acción de personal N°DP18-1259-2015 que rige desde el 01 de septiembre del 2015.- Notifíquese.-

Firma ilegible

SANTILLAN ESCOBAR MARIANA XIMENA

JUEZA

Certifico:

HEREDIA VILLACIS SILVIA GISSELA

SECRETARIA

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 1 de diciembre del 2015, las 09h03 VISTOS: agréguese a los autos el escrito que antecede. En lo principal: 1.- La demanda presentada por la ABG. BERTHILA JEANETH MORALES VILLAGOMEZ, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO, en contra de GALLARDO CLAVIJO SILVIA CARLOTA e HIDALGO SANCHEZ JORGE ANIBAL, en calidad de deudores principal, es clara completa y por reunir los requisitos de ley señalados en el articulo 67 de la Codificaciones del Código de Procedimiento Civil; se la acepta a trámite ejecutivo, exigible en la misa vía por que se ordena que nos pronombrados demandados, dentro del término de tres días cumplan con el pago de la obligación demanda deduzcan excepciones dentro del mismo término. 3.- Cítese a los demando señores GALLARDO CLAVIJO SILVIA CARLOTA e HIDALGO SANCHEZ JORGE ANIBA, en el lugar indicado mediante deprecatorio a enviarse a uno de los Jueces/zas de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quito, sin perjuicio de que se los cite en persona en el lugar que se íes encuentre, para la cuál remítase despacho en forma, el mismo que será retirado de la oficina de requerimientos de la unidad judicial una vez ejecutoriado el presente auto. 4.- Téngase en cuenta la cuantía fijada y el reconocimiento de abonos parciales. 5.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 482 y el correo electrónico señalado para recibir sus notificaciones, así como la autorización que le confiere a sus abogados defensores, para que lo represente en la presente causa.- Actúa en la causa el Dr. Marco Salazar, en calidad de Secretario encargado según acción de personal N°DP18-1668-2015 que rige el 01 de diciembre del 2015.- NOTIFÍQUESE y CÍTESE.-

Firma ilegible

SANTILLAN ESCOBAR MARIANA XIMENA

JUEZA

Certifico

Firma ilegible

SALAZAR VELASCO MARCO WILFRIDO

SECRETARIO (E)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, miércoles 13 de septiembre del 2017. las 12h29. El escrito que precede, agréguese al proceso En lo principal, por cuanto el la calidad que consta de

autos, declara con juramento que le ha sido imposible determinar el actual domicilio residencia o individualidad del demandado señor HIDALGO SANCHEZ JORGE

ANÍBAL, de conformidad con lo que dispone el Art. 56,nunieral 1, del Código Orgánico General de Procesos, cítesele con la demanda en forma, extractada la providencia inicial v la presente providencia, mediante tres publicaciones en uno de los Diarios que se editan en esta Ciudad de Ambato. Notifíquese

Firma ilegible

FONSECA BAUTISTA LUIS FERNANDO

JUEZ

Certifico:

Firma ilegible

YANCHALIQUIN YANCHALIQUIN JULIA ALEXANDRA

SECRETARIA

LO QUE PONGO EN SO CONOCIMIENTO PARA LOS FINES LEGALMENTE CONSIGUIENTES, ADVIRTIENDO DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑAIAR CASILLERO JUDICIAL EN LA CIUDAD DE AMBATO, PARA QUE RECIBA SUS FUTURAS NOTIFICACIONES, BAJO PREVENCIONES DE REBELDÍA. AMBATO, MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DEL 2017,

Firma ilegible

ABG. JULIA A. YANCHALIQUIN Y.

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

CIVIL DEL CANTON AMBATO.

Hay dos sellos

P*144488/2015-05143