277 mujeres fueron asesinadas este 2023

De las 277 mujeres, 25 eran menores de edad. La mayoría de víctimas fueron asesinadas por sus parejas. Este 25 de noviembre de 2023 se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

En Ecuador, entre enero y noviembre de 2023, 277 mujeres fueron asesinadas. Estos actos se conoce como femicidos, un delito que de tipificó en 2014, año desde el que entonces 1659 mujeres han sido asesinadas por «la violencia patriarcal», según detalla Fundación Aldea.

La organización que se dedica recopilar datos sobre estos crímenes, señala que un aspecto especialmente preocupante que registran las cifras de la sociedad civil, por primera vez, los femicidios cometidos en sistemas criminales (al menos 130) superan a los femicidios íntimos, sexuales (94) y los transfemicidios (14). Esto resalta la importancia de abordar tanto la violencia doméstica, como también los nuevos contextos de violencia de género en entornos de criminalidad organizada.

Un dato alarmante ha surgido en el análisis de los femicidios en Ecuador en el 2023: el 68% de estos crímenes fueron cometidos utilizando armas de fuego. Esta tendencia ha experimentado un fuerte crecimiento en los últimos años, lo que subraya la necesidad de abordar la disponibilidad y el uso de armas de fuego en el país.

 

 

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¿Qué se odia de nosotras?

Las consecuencias de los feminicidios son devastadoras para las víctimas y sus familias. Según Fundación Aldea, al menos 74 de las mujeres asesinadas este año eran madres, y como resultado, al menos 122 hijos e hijas han perdido a sus madres a causa de la violencia de género. Además, 13 de las mujeres asesinadas estaban embarazadas.

Continúan los femi(ni)cidios ante la inacción del Estado feminicida que no cumple de manera efectiva con sus obligaciones, no garantiza derechos; no previene las violencias de género en nuestra contra; que no protege a quienes exigen respuestas ante los hechos sufridos que no previene que las violencias de género sucedan; que no protege a quienes buscan una respuesta; que no garantiza el acceso a la justicia

«La lucha por vidas libres de violencia de género representa un compromiso con todas las madres que aún no han obtenido la verdad, la justicia y la reparación integral que merecen. Hacemos un llamado a toda la sociedad ecuatoriana para unirse a nuestra causa en busca de la verdad, la justicia y la reparación, pero, sobre todo, para prevenir que esta violencia se repita en el futuro. No hay justificación posible para la violencia feminicida», detalla Aldea (AVV)

 

Medidas administrativas judiciales
Violencia de género

En Ecuador, las boletas de auxilio constituyen una de las 11 medidas judiciales a las que pueden apelar las personas, en caso de existir o para evitar la violencia. Los demás recursos son:

° Boleta de auxilio y orden de restricción de acercamiento en cualquier espacio público o privado.

• Prohibir al agresor acciones de intimidación, amenazas o coacción a la mujer que se encuentra en situación de violencia o a cualquier integrante de su familia.

• Prohibir al agresor el ocultamiento o retención de bienes o documentos de propiedad de la víctima de violencia; en caso de haberlos ocultado o retenido, ordenar a la persona agresora la devolución inmediata.

• Disponer la instalación de dispositivos de alerta, riesgo o dispositivos de alerta, en la vivienda de la mujer víctima de violencia.

• Prohibir a la persona agresora esconder, trasladar, cambiar la residencia o lugar de domicilio, a sus hijos o personas dependientes de la misma.

• Ordenar al agresor la salida del domicilio cuando su presencia constituya una amenaza para la integridad física, psicológica o sexual o la vida de la mujer o cualquiera de los miembros de la familia.

• Ordenar la restitución de la víctima al domicilio habitual.

• Disponer, de ser necesario, la flexibilidad o reducción del horario de trabajo de las mujeres víctimas de violencia.

• Todas las que garanticen la integridad de las mujeres en situación de violencia.

• Ordenar la inserción, con sus dependientes en un programa de protección en coordinación con el ente rector de las políticas públicas de justicia.

• Ordenar la suspensión temporal de actividades que desarrolle el presunto agresor en situaciones deportivas, artísticas, de cuidado o de educación formal e informal

 

 

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