Legalización de la eutanasia: Paola Roldán intervino ante la Corte Constitucional

La audiencia de Paola Roldán fue telemática.

Este 20 de noviembre de 2023, la Corte Constitucional tuvo la audiencia que trata la legalización de la eutanasia en Ecuador, tras la demanda de Paola Roldán, paciente crónica que exige el derecho a una muerte digna. Más de 100 Amicus Curiae se presentaron, 20 de ellos fueron admitidos. 

Este 20 de noviembre de 2023, por primera vez en la historia del Ecuador se realizó una audiencia que trató la demanda que busca que la eutanasia sea legalizada.

La demanda presentada por Paola Roldán Espinosa busca declarar la inconstitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con el objetivo de garantizar su derecho a una muerte digna.

Durante la audiencia, que se instaló a las 15:00, los abogados de Roldán Espinosa presentaron evidencia legal y casos de jurisprudencia internacional que respaldan la despenalización de la eutanasia en circunstancias específicas. Además, argumentaron que la penalización actual del acto va en contra de los principios constitucionales de dignidad humana y libertad.

Recursos e intervenciones en la Corte

Más de 100 Amicus Curiae fueron presentados ante la Corte, la mayoría de ellos en respaldo a la demanda de Paola. Durante la audiencia el juez ponente, Enrique Herrería Bonnet, permitió la comparecencia de 20 de ellos, entre los que se destacan:

  • Felipe Rodríguez, del estudio jurídico Rodríguez and Company
  • Paul Ocaña, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha
  • María Dolores Miño, directora del Observatorio de Derechos de Justicia
  • André Benavides, experto en Derecho Constitucional
  • Miguel Molina Díaz, director de la Escuela de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador.

Farith Simon, especializado en Derecho Civil, inició su exposición realizando una presentación de Paola Roldán Espinosa, una mujer de 43 años, madre, esposa, hija, hermana, diagnosticada con ELA en octubre de 2020, quien presenta una discapacidad de 95% y depende al 100% de terceros. El jurista expresó que Paola se encuentra lúcida, consciente y orientada en tiempo, espacio, sin signos de deterioro cognitivo que pudieran estar afectando su juicio y razonamiento. De ahí que la decisión y la lucha de Paola ha sido tomada de forma libre, autónoma y soberana, sin presiones, debida y plenamente informada; es legítima poderosa e imposible de tumbar.

Simon argumentó que el derecho a la dignidad de la vida se erige como uno de los principios fundamentales de la Constitución, siendo una piedra angular que sustenta la protección de los derechos humanos en Ecuador. Este principio reconoce la importancia intrínseca de la vida y busca garantizar que todas las personas gocen de condiciones que permitan una existencia digna, respetuosa y plena.

El jurista hizo referencia a la sentencia 679 18 JP/20, del 5 de agosto de 2020, en la que ya la Corte Constitucional se pronunció sobre cómo el disfrute del más alto nivel posible de salud contribuye a poner las condiciones dignas de vida y dignas de muerte por sobre la vida en circunstancias de padecimiento y miseria.

 

Por lo expuesto y en relación al artículo 1 de la Constitución que determina al Ecuador como un Estado laico, Ramiro Ávila, experto en Derecho Constitucional, solicitó a la Corte Constitucional que se reconozca el derecho a la muerte digna, cuando las personas que padecen intensos sufrimientos físicos o emocionales por una enfermedad o lesión grave o incurable deciden someterse a un procedimiento eutanásico. Que se declare la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del COIP y que se considere inaplicable y no punible, en el contexto de una muerte digna, cuando se cumplan los siguientes requisitos:

(1)        Declaración de consentimiento, libre, informado e inequívoco de la persona que ejerce su derecho a morir dignamente.

(2)   Padecimiento de intenso sufrimiento físico o emocional

(3)   Diagnóstico de enfermedad o lesión grave incurable.

(4)   Realización de procedimiento de muerte digna por parte de una persona profesional

 

Intervención de Paola Roldán

La parte más significativa de la audiencia fue la intervención de Paola Roldán Espinosa, quien se dirigió a los jueces constitucionales desde su casa, junto con su esposo. Roldán Espinosa inició su exposición solicitando paciencia a los asistentes pues su forma de hablar es lenta y pausada debido a que se encuentra conectada a un respirador artificial.

Paola relató que desde hace tres años se alimenta por vía parenteral; es decir, tiene conectado un catéter conectado a su corazón para recibir los nutrientes que requiere su cuerpo. La semana pasada durante un episodio de atoro, por el cual tuvo que recibir maniobras extensas y dolorosas, Paola recordó los motivos por los que hace cuatro meses tomó la decisión de demandar la legalización de la eutanasia para acceder a una muerte con dignidad.

“Lo que vivo es doloroso, solitario y cruel; sin embargo, no vengo a exponerme para que me tengan lástima, eso sería revictimizante. Yo he conocido lo que es vivir una vida intensa, profunda, amplia y colorida. He vivido una vida plena y sé que lo único que merezco es una vida y una muerte con dignidad. Hoy estoy aquí como Paola, pero en realidad soy cientos de voces que hoy salen del silencio y se muestran junto a mí. Soy la voz de Ana María, de 35 años, cáncer terminal de mama. Soy la voz de Karina, que tiene un glioblastoma multiforme. Soy la voz de Daniel, paciente de ELA. De Nancy, también con ELA.  Y a diferencia de varios de ellos yo he tenido el privilegio de tener acceso a los mejores cuidados paliativos, con medicamentos y tecnología de punta, aquí y en el exterior, y puedo decir con absoluta certeza que no son suficientes, el dolor es constante e implacable. Y aunque por diversas circunstancias podría tolerar el dolor físico no hay medida paliativa que me permita transitar los dolores emocionales. El dolor de saber que todos mis sueños han sido mermados. El dolor de tener a mi hijo acostado a mi lado acostado con fiebre y no poder extender mi mano dos centímetros para tocarle la frente. Díganme ustedes qué cuidado paliativo sirve cuando semana a semana soy testigo consciente de cada facultad que voy perdiendo. Que pastilla hay para aliviar el hecho de no saber si la próxima semana seguiré hablando. No saben lo humillante que es para mi pedirles que se reconozca el derecho que me corresponde. No saben lo indignante que es para mí que ustedes con sus creencias, sus dogmas y su fe, que respeto en el ejercicio de la vida privada, pero no en el ejercicio de legislar en un país laico, que ustedes tengan la potestad de legislar mi destino. Esta no es una lucha por morir, sé que voy a morir; esta es la lucha de cómo hacerlo ¿debo hacerlo solo, atorada, en los brazos de un desconocido o en la clandestinidad? ¿o puedo hacerlo sola, contenida, en los brazos de mi marido, con dignidad, habiendo tenido una despedida con mi hijo, en amor, paz y mirando hacia la luz”.  

Hasta las 17:30, la Corte Constitucional continúa escuchando los argumentos presentados. Se espera que el tribunal emita un fallo en los próximos días. La demanda de Paola Roldán Espinosa se produce en medio de un creciente debate público sobre el derecho a una muerte digna en el país. Si la Corte Constitucional decide a favor de la demandante, podría sentar un precedente importante y llevar a cambios significativos en relación con la eutanasia en Ecuador.

‘Hoy vengo a ofrecer mi corazón’, la canción con la que Paola Roldán pide acceder a una muerte digna