Vocero de colectivo ‘Voces por la democracia’ cree que el CNE podría modificar fecha de elecciones pues los plazos para resolver recursos en el TCE “están ajustados”

NORMATIVA. El Código de la Democracia dispone que los asambleístas se elegirán el mismo día en que se designa Presidente y Vicepresidente. (foto archivo)
NORMATIVA. El Código de la Democracia dispone que los asambleístas se elegirán el mismo día en que se designa Presidente y Vicepresidente. (foto archivo)

El tiempo para la impugnación es muy corto y eso complica que todas las candidaturas estén en firme para imprimir papeletas y distribuirlas a tiempo.

Hasta antes del 29 de julio de 2023, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) tendría que resolver los recursos interpuestos por movimientos y partidos políticos a diferentes candidaturas a asambleístas nacionales y provinciales que esperan participar en las elecciones del 20 de agosto.

Según los cálculos de Diana Atamaint, presidenta del CNE, este plazo permitiría que todas las candidaturas nacionales y provinciales queden en firme y que el Instituto Geográfico Militar (IGM) cierre los paquetes electorales para, a partir del 2 de agosto, distribuir las papeletas hacia las provincias de difícil acceso de la Amazonía, zonas de frontera y Galápagos.

El TCE aún debe resolver un recurso sobre la candidatura a asambleísta nacional de Patricio Carrillo del movimiento Construye, que promueve al presidenciable Fernando Villavicencio. La postulación de Carrillo es la única que aún no está en firme y que detiene el inicio de la impresión de papeletas de asambleístas nacionales en el IGM.

Por la tardanza en la resolución de este caso, en los últimos  días se habló de que la elección de asambleístas nacionales pueda realizarse en la segunda vuelta electoral, prevista para el 15 de octubre.

El 20 de julio de 2023,  Diana Atamaint declaró a periodistas que no quiere analizar esa opción, y dejó abierta la posibilidad de que una eventual demora podría llevar a una reprogramación en tiempos y actividades, y pidió al TCE que no se tomen los plazos máximos, sino los mínimos para poder cumplir con el calendario electoral.

El artículo 89 del Código de la Democracia ordena que “las elecciones se realizarán cada cuatro años para elegir en el mismo día Presidente y Vicepresidente de la República, miembros de la Asamblea Nacional y representantes al Parlamento Andino”.  El artículo 143 de la Constitución sólo se refiere a la elección de binomios presidenciales.

Carlos Aguinaga, expresidente del TSE, y representante del colectivo ‘Voces por la democracia’ aclaró que la ley no le da a la Presidenta del CNE atribuciones para que los asambleístas se elijan en segunda vuelta.

Por el contrario, recordó que, si el CNE ya modificó y amplió los plazos para las elecciones primarias, y la promoción electoral de los candidatos, la opción sería analizar el cambio de la fecha de las elecciones para que ya no sean el 20 de agosto, sino la segunda semana de septiembre.

El 23 de mayo de 2023, este Colectivo advirtió al CNE que los plazos del calendario estaban demasiado ajustados. También sugirió que se amplíen los  plazos entre la convocatoria y el día de las elecciones. “El tiempo nos está dando la razón y al CNE no le tocaría más (que cambiar la fecha de las elecciones)”, apuntó Aguinaga.

Causas en el TCE

Además del caso de Carrillo, el TCE debe resolver al menos otras ocho causas de asambleístas provinciales de Pichincha, Esmeraldas, Cañar, Sucumbíos, Manabí, Galápagos y Guayas. El Contencioso tiene hasta 25 días para evacuar esas causas.

El artículo 188 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral otorga a los jueces un plazo de 15 días –contados a partir del día siguiente al de la fecha de admisión a trámite– para tomar una resolución, y en el caso de presentarse una apelación, el pleno del TCE resolverá la segunda instancia en 10 días contados desde la admisión.

Extraoficialmente trascendió que en el Contencioso estarían decididos a tomarse el tiempo que les da la ley, y otorgar el derecho a la legítima defensa a los sujetos políticos que consideren que sus derechos han sido agraviados o vulnerados en el contexto de la organización para las elecciones del 20 de agosto.

Carlos Aguinaga advierte que, a menos de un mes de las elecciones, la resolución de las causas en el TCE “todavía no empieza”.

Alertó que, con seguridad esto retrasa el proceso, y si no lo resuelven pronto “se complicará”.  Por ello pidió al TCE celeridad, pero sin transgredir los plazos previstos en el Código de la Democracia y garantizando el debido proceso, caso contrario pueden ser sujetos a demandas de inconstitucionalidad.

Cree que ni el caso de Patricio Carrillo que será conocido en los próximos días por el juez Fernando Muñoz, después de que el candidato recusó al juez Richard González por presunta falta de imparcialidad, ni de otras candidaturas, no pueden estar sujetas a presiones políticas. (SC)

 Las causas pendientes en el TCE (Fuente Tribunal Contencioso)

1. Asambleísta Nacional

Patricio Carrillo. Causa 186.

Asambleístas provinciales:

2. Izquierda Democrática.

Inscripción de candidaturas para asambleístas de Pichincha. Causa 190

3. Reto. Lista 33. Inscripción de candidaturas para asambleístas de Pichincha. Causa 198.

4. Izquierda Democrática. Inscripción de candidatura para asambleísta de Sucumbíos. Causa 208.

5. ADN Lista 4-35. Inscripción de candidaturas para asambleístas de Galápagos. Causa 210.