El Ministerio de Ambiente asegura que, de acuerdo a la normativa vigente la consulta ambiental, no aplica para proyectos que requieran registro o certificado ambiental. Comuneros y fundaciones ambientalistas rechazan la posición de esa cartera.
El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica emitió este viernes un comunicado en el que sostiene que, según la normativa legal vigente, el proyecto inmobiliario “Echo Olón” de Lavinia Valbonesi, conocido como Caso Olón, no aplicaría la consulta ambiental y que habría sido debidamente calificado por el sistema como un proyecto que requiere “registro ambiental”.
Según el Ministerio de Ambiente, “la consulta ambiental no aplica para aquellos proyectos que requieran registro o certificado ambiental, con la excepción de aquellos relacionados al sector minero y hidrocarburífero, tal y como consta en la sentencia 51-23-IN/23”.
Detalla el comunicado del Ministerio que la sentencia de la Corte Constitucional indica que la consulta ambiental “se debe aplicar a todos los proyectos que requieran una licencia ambiental; y en los proyectos de minería e hidrocarburos que necesiten registro ambiental”.
COMUNICADO | El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica informa: pic.twitter.com/qwlTY1bu8l
— Min. de Ambiente, Agua y Transición Ecológica ???????? (@Ambiente_Ec) May 10, 2024
Agrega la cartera que las actividades productivas están debidamente reguladas en el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA), el cual, de conformidad con las especificaciones técnicas de cada proyecto, lo categoriza de forma automática”.
El comunicado señala que en caso específico del proyecto inmobiliario “Echo Olón”, el sistema “categorizó automáticamente con una actividad que requiere registro ambiental”. En este sentido dejaron claro que la “consulta ambiental no aplica para este tipo de proyectos”.
Comunidad y ambientalista se oponen a la argumentación del Ministerio del Ambiente
El comunicado del Ministerio del Ambiente recibió este mismo viernes respuesta por parte de la comunidad y los grupos y fundaciones ambientalistas que han denunciado el hecho como un «delito ambiental«, reiterando que la «consulta ambiental» debe llevarse a cabo.
La Fundación La Iguana a través de un hilo en su perfil de la red social «X», detalló los motivos que deben llevar al Ministerio del Ambiente y al proyecto inmobiliario Echo Olón a realizar la consulta ambiental junto a la comunidad recordando que el «esterillo de Oloncito» fue declarado como «Bosque y Vegetación protectora» quedando sujeto al Régimen Forestal Nacional.
#OlonResiste
Repasemos los hechos para conocer la realidad del caso #Olon Abrimos hilo ????1. En el 2001 con el Acuerdo Ministerial No.72 el Ministerio de Ambiente declara al Esterillo Oloncito como Bosque y Vegetación protectora quedando sujeto al Régimen Forestal Nacional. pic.twitter.com/vCztVblwlI
— Fundación La Iguana (@Flaiguana) May 10, 2024
Detallan que la zona en cuestión ha formado parte de un proyecto del propio Ministerio del Ambiente, que en el año 2006 aprobó el Plan de Manejo Ambiental presentado por la Fundación Oloncito, para la restauración del espacio sembrando manglares y otras especies.
Para los representantes de la Fundación La Iguana, dentro del esterillo de Oloncito en la zona del «bosque protector», existe vegetación nativa como el algarrobo y manglar; esta última sujeta a «derecho» desde el año 2021 por decreto de la Corte Constitucional.
Indican que según un informe técnico desarrollado por la Fundación Oloncito, el proyecto inmobiliario que desarrolla la empresa VinAzin, se afectaría el «69% del Bosque Protector. Desforestando y rellenando el Esterillo y dañando el ecosistema de manglar». Advierten que al menos 200 familias de la comunidad estarían en riesgo.
Mostraron además su rechazo ante la decisión del Ministerio del Ambiente de considerar el proyecto como de «bajo impacto», puntualizando que «la ley, los hechos y los estudios dicen lo contrario».
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