Elecciones presidenciales de 2025 podrían tener nuevas reglas

COMISIÓN. Fernando Cedeño (Revolución Ciudadana) preside la Mesa de Justicia.
COMISIÓN. Fernando Cedeño (Revolución Ciudadana) preside la Mesa de Justicia.

Se propone normar mejor el debate electoral, permitiendo que los ciudadanos realicen preguntas a los candidatos por los medios que determine el CNE.

Las elecciones presidenciales y legislativas de 2025 podrían tener nuevas reglas electorales. El Código de la Democracia, vigente desde el 3 de febrero de 2020, y que la Asamblea Nacional lo reformó, podría sufrir nuevos cambios.

La Comisión de Justicia de la Asamblea, que hoy está controlada por el movimiento Revolución Ciudadana (RC) con Fernando Cedeño a la cabeza, heredó el trámite de varios proyectos de ley, entre ellos reformas a cerca de 50 artículos del Código de la Democracia que están a la espera de ser conocidos en el Pleno del Parlamento.

Alejandro Jaramillo, de Izquierda Democrática (ID), quien antes del cese de la Asamblea presidió la Comisión de Justicia, aseguró que las reformas al Código ya quedaron con informe para segundo debate. En la propuesta se unificaron 21 proyectos de ley.

Las modificaciones que puedan incorporarse al Código de la Democracia deben estar aprobadas hasta febrero de 2024.

La ley electoral dispone que los cambios a la normativa deben darse un año antes de las elecciones. Según esta disposición, la Asamblea tiene menos de tres meses (hasta febrero) para el debate y aprobación, y para que las nuevas reformas se apliquen en 2025.

Alejandro Jaramillo destacó varios temas “importantes” que contiene la reforma, que espera el segundo y definitivo y debate:

  1. En la solicitud de inscripción de candidaturas se hará conocer también los datos personales del responsable del manejo económico de la campaña, junto con su firma de aceptación. En el caso de candidaturas para elecciones unipersonales se incluirá una declaración juramentada con el compromiso de participar en el debate preelectoral público oficial de la campaña. Esto permitirá un mayor control del gasto electoral, evitará la corrupción y promoverá la transparencia.
  2. Se plantea que de manera excepcional y en caso de resolución del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el Consejo Nacional Electoral (CNE) facilitará la realización de nuevos procesos de primarias que hagan posible la sustitución de una candidatura luego del período establecido para el efecto.
  3. Esta reforma llenaría un vacío en la Ley, ante la eventualidad (muerte o renuncia de candidatos) de que sea necesaria la sustitución de una candidatura.
  4. Se propone normar de mejor manera el tema del debate electoral, permitiendo que los ciudadanos realicen preguntas a los candidatos por los medios que determine el reglamento que emita el CNE.
  5. En caso de que el fallecimiento o la inhabilidad del candidato a la Presidencia de la República ocurra durante la segunda vuelta y antes de las elecciones, el CNE procederá a convocar a nuevas elecciones dentro de los 30 días siguientes a la constatación y reconocimiento oficial de los precitados acontecimientos. Aspecto no regulado adecuadamente en la actual norma.
  6. Se propone la adopción de un nuevo método para la votación y asignación de escaños (volver al método D’Hont que favorece a las mayorías). En las últimas elecciones de octubre de 2023, los escaños en la Asamblea se repartieron con el método de Webster que, aunque favorece a las minorías, también conlleva a una dispersión de partidos y movimientos.
  7. Se acentúa la necesidad de fortalecer la participación de los ecuatorianos en el exterior. En el artículo 52 se mantiene que la Cancillería, bajo la coordinación del CNE, serán responsables de la difusión y promoción de los procesos electorales y del cambio del domicilio para fortalecer la participación activa de ecuatorianos en el exterior.
  8. En esta propuesta se incorpora que en los procesos de difusión y promoción de las circunscripciones especiales se priorizará los medios comunicacionales comunitarios televisivos, radiales, escritos o digitales de propiedad de personas ecuatorianas, confirmando, previamente, su experiencia y conocimiento.
  9. Incluye que, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de convocatoria a elecciones, la Cancillería través de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares del Ecuador, iniciará la difusión del proceso electoral en el exterior, y el CNE transferirá a Cancillería, con prioridad y anticipación, los recursos necesarios para la difusión de la actualización del registro electoral, la difusión, la promoción y la operatividad del proceso electoral en las circunscripciones del exterior. (SC)

‘Ciclo electoral 2023 – 2025’

El 30 de noviembre de 2023,  el CNE, el Tribunal Contencioso Electoral y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) Ecuador, firmaron la renovación del proyecto de apoyo al ciclo electoral ‘Fortalecimiento Democrático de la Institucionalidad Electoral en Ecuador 2023-2025’.

Está vigente desde 2020 con el respaldo de la Unión Europea (UE), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Embajada de Suiza en Ecuador, quienes han realizado una inversión de $1’550.412 en la mejora del sistema informático de escrutinios y resultados, capacitación a integrantes de las juntas receptoras del voto, etc.

Desde la reforma del Código de la Democracia en 2019 se adoptó el método de Webster, que permite una mejor representación de grupos minoritarios, a diferencia del D'Hont, que favorece a las listas más votadas. 
Fuentes del CNE no descartan que los consejeros entreguen a la Asamblea un paquete de reformas para el control de la campaña anticipada.