Asamblea aprobó reforma que permite a Fuerzas Armadas apoyar a la Policía

SESIÓN La Asamblea aprobó reforma para el apoyo de militares a policías.

La reforma parcial al artículo 158 de la Constitución se aprobó con 125 votos. El proyecto deberá ser sometido, dentro de los 45 días siguientes, a un referendo.

La Asamblea Nacional aprobó, hoy 21 de diciembre de 2023, la reforma parcial al artículo 158 de la Constitución que permite que las Fuerzas Armadas brinden apoyo complementario a la Policía Nacional.

Otto Vera (Independiente) presidente de la Comisión Ocasional de Enmiendas y Reformas Constitucionales, dijo que esta reforma es una herramienta que le permitirá al Ejecutivo usar otros recursos del Estado para enfrentar la crisis de inseguridad que atraviesa el país.

La reforma establece que las funciones de coordinación serán subordinadas a las disposiciones del presidente de la República y se ceñirá a los delitos de narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y de personas, terrorismo, minería ilegal, extorsión e intimidación y delincuencia organizada.

El apoyo complementario podrá brindarse cuando exista grave conmoción interna en el sistema penitenciario.

Para activar el apoyo complementario de las Fuerzas Armadas, el presidente de la República, previa solicitud del comandante General de Policía, convocará al Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Estado (COSEPE), para elaborar un informe motivado que establezca la pertinencia, casos y el ámbito de actuación.

Con base en el informe, el Ejecutivo suscribirá un decreto disponiendo el apoyo con sujeción a los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y razonabilidad, así como a los estándares internacionales de derechos humanos de extraordinariedad, complementariedad, fiscalización y regulación.

Según lo establecen los artículos 73 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) y 442 de la Constitución, una vez que la Asamblea aprobó el proyecto de reforma, deberá ser sometido, dentro de los 45 días siguientes, a un referendo (que deberá organizarlo el Consejo Nacional Electoral) para confirmar la modificación constitucional.

En el proceso, la Corte Constitucional deberá realizar un control posterior a la aprobación en el pleno de la Asamblea. (SC)

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