Jaime Vintimilla
Desde mediados del siglo pasado, la ética de las empresas constituye una reflexión sobre las prácticas de negocios en las que se interrelacionan las normas y valores de los individuos, de las empresas y de la sociedad. En definitiva, la ética corporativa implica un estudio y análisis de los estándares morales así como de su aplicación, tanto a los sistemas y organizaciones a través de los cuales las sociedades modernas producen y distribuyen bienes y servicios como a las personas que trabajan con estas organizaciones.
El Pacto Mundial de las Naciones Unidas fue lanzado en julio de 2000 como una plataforma política y un marco práctico para las empresas comprometidas con la sostenibilidad y las prácticas empresariales responsables y transparentes, pues deberán respetar los Derechos Humanos, los estándares laborales y el medio ambiente.
Ante la dramática expansión de las corporaciones trasnacionales en la actividad económica mundial, la idea de crear mecanismos institucionales para hacer rendir cuentas a las empresas por sus impactos en los Derechos Humanos ha ido tomando cada vez más fuerza.
El Consejo de Derechos Humanos endosó en su resolución 17/4 de junio 16 de 2011 los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, que fueran presentados por el Representante Especial del Secretario General de la ONU. Los principios circunscriben los deberes del Estado en relación a la protección de los Derechos Humanos, la responsabilidad corporativa con respecto a ellos y el acceso a remediaciones.
El reto de los Estados estriba en atreverse a dar un salto desde el ‘soft law’ hasta un instrumento internacional vinculante que permita que las corporaciones puedan responder internacionalmente. En este sentido, Ecuador ha preparado y presentado una versión preliminar de un instrumento jurídico internacional obligatorio en materia de Derechos Humanos y Empresas Transnacionales.
La idea es liderar negociaciones sustantivas orientadas a la elaboración de un instrumento que regule, en el derecho internacional de los Derechos Humanos, las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas.