Democracia interna de las organizaciones políticas

Daniel González Pérez

La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas del Ecuador, Código de la Democracia, señala que “las organizaciones políticas son un pilar fundamental para construir un estado constitucional de derechos y justicia. Se conducirán conforme a los principios de igualdad, autonomía, deliberación pública, respeto a la diferencia, control popular, solidaridad e interculturalidad”; y es justamente esta norma la que evidencia la importancia de las organizaciones políticas para que, a través de su autonomía frente al Estado, contribuyan con el fortalecimiento del sistema político electoral del Ecuador.

De ahí que los partidos y movimientos políticos deben señalar con claridad en su estatuto o régimen interno, o en su acuerdo conjunto en caso de las alianzas, los mecanismos de democracia interna a ser utilizados para la elección de sus directivas así como de sus candidaturas, siendo responsabilidad del Consejo Nacional Electoral, vigilar el desarrollo de los mismos, por ello, los procesos de democracia interna se constituyen pues, en un requisito fundamental para inscribir las candidaturas y la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, establece tres tipos: elecciones primarias abiertas, elecciones primarias cerradas y elecciones representativas.

Por consiguiente, la democracia interna en las organizaciones políticas, no es una opción nada más, es un deber que contribuye a afianzar la democratización de las actividades internas de los partidos y movimientos políticos en el Ecuador; el desafío es ir construyendo y perfeccionando los modelos vigentes de democracia interna, incluso con la incorporación de mecanismos de democracia comunitaria, los cuales permitirán la observancia y garantía de aplicación de procedimientos ancestrales de decisión y de elección. (O)