SRI emitió resolución para aplicación de la remisión de 100% de intereses por impuesto verde

Redacción QUITO

Mediante una resolución, fecha 19 de agosto 2019, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció los mecanismos y directrices para la aplicación de la remisión del 100% de intereses, multas y recargos de deudas acumuladas por el Impuesto Verde.

Además, en la normativa se determina el procedimiento para el plan de pagos. Con esto, la entidad nacional de tributación cumple con una de las disposiciones de la Ley Derogatoria del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular.

¿Quiénes pueden acogerse al beneficio?

La remisión beneficia a todos los contribuyentes que mantengan obligaciones a la fecha de publicación de la ley, es decir, el 16 de agosto de 2019. El principal requisito es que los usuarios deben pagar el valor total del capital adeudado hasta el 27 de diciembre de 2019. Si no puede hacer un solo pago hasta esta esa fecha, se puede solicitar un plan pagos anuales, que empieza el 2020 y termina el 2022. Cada cuota tendrá un valor equivalente a un tercio del capital adeudado.

El reglamento establece 90 días como tiempo máximo de mora en el pago de las cuotas, si pasa de eso la remisión será cancelada y el usuario deberá pagar de inmediato toda la deuda, incluyendo intereses, multas y recargos.

¿Qué sucede con quienes no han pagado el impuesto este año?

Para las personas que no pagaron el impuesto este año, o tenían que hacerlo en los siguientes meses, deben saldar esa cuenta, pero con una rebaja del 50%. Esto aplica para vehículos de transporte terrestre de motor mayor a 2.500 centímetros cúbicos y de una antigüedad de más de 5 años, contados desde el año de fabricación.

Esta disposición es independiente de si el contribuyente acceder a la remisión por valores no cancelados en años anteriores. Las respectivas unidades administrativas del SRI dentro de un plazo de 30 días realizarán implementaciones tecnológicas necesarias para ajustar los sistemas. (JS)