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Mi hijo(a) nació en Ecuador, pero creo que puede calificar para la ciudadanía estadounidense. ¿Cuál es el primer paso que debo dar?

Cuando un niño(a) nace fuera de los Estados Unidos y uno de sus padres es ciudadano de los Estados Unidos, la ley puede conferirle ciudadanía estadounidense dependiendo de varios factores. Si el niño o niña nació fuera de Estados Unidos y usted considera que es ciudadano estadounidense, el primer paso que debe dar es solicitar un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero. Este documento sirve de prueba de ciudadanía y puede utilizarse como evidencia para emitir un pasaporte estadounidense. A pesar de que se aceptan solicitudes hasta que el niño o niña cumpla 18 años, debería solicitar el Informe Consular arriba mencionado tan pronto como sea posible después de su nacimiento. Las solicitudes presentadas luego de años del nacimiento pueden tomar bastante tiempo porque se dificulta obtener las evidencias de la ciudadanía. En algunos casos resulta imposible establecer la ciudadanía del niño(a). Para conocer sobre elegibilidad y requisitos de solicitud visite http://ecuador.usembassy.gov/public_services/report-of-birth-abroad.html