Juez argumenta que para emitir resolución se respetó las garantías del debido proceso

PROCESO. Danilo Paredes, juez de la Unidad Judicial de Sigchos y Lucía Bolaños, presidenta del Consejo de la Judicatura en Cotopaxi.
PROCESO. Danilo Paredes, juez de la Unidad Judicial de Sigchos y Lucía Bolaños, presidenta del Consejo de la Judicatura en Cotopaxi.

Frente a lo sucedido la semana anterior en Chinaló Alto, en Chugchilán-Sigchos, donde se desalojó de la vivienda a dos ancianos y se quemó la casa con sus pertenencias, las autoridades judiciales aclararon ayer que desconocen el hecho y que la disposición que dieron fue la entrega del predio a los dueños legítimos.

La resolución emitida por el juez de la Unidad Judicial de Sigchos, Danilo Paredes, donde se dispone que se entregué el bien inmueble a María Cristina Armas, se tomó una vez que se cumplió con el debido proceso, dando a cada una de las partes el espacio para que emitan sus argumentos y documentación respectiva, aseguró Paredes.

Explicó que los demandados Rafael Ayala y María Chicaiza debían devolver en un mes la propiedad a María Cristina Armas, quien es la propietaria porque durante todos estos años ha sido quien pagaban los impuestos, además los demandados entablaron un juicio laboral contra la señora reclamando sus derechos como trabajadores, no como partidarios, ni cuidadores del bien.

En sus declaraciones siempre admitieron que la dueña era María Cristina Armas a quien le compartían productos que cosechaban y ella también les enviaba otros productos. Ante las declaraciones de los ancianos de que hace 15 años la dueña les habría entregado verbalmente el terreno, Paredes dijo que no existe ningún documento al respecto y que la misma dueña fue quien rindió versión judicial solicitando que se le devuelva su predio.

Paredes explicó que en primera instancia su resolución fue que se devuelva el terreno a la dueña, pero al no verse conformes con su resolución, los demandados la apelaron y recurrieron a la Corte Provincial de Justicia donde se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia. Tampoco la aceptaron y recurrieron a la Corte Nacional de Justicia donde interpusieron el recurso de casación, y por no cumplir con los requisitos necesarios el trámite fue rechazado con lo que la sentencia que emitió Paredes debía cumplirse.

En base a esto ordenó que se haga la entrega del bien, pero en el primer intento no se pudo porque la comunidad se opuso, en la segunda vez, el 4 de junio se realizó la entrega en presencia del depositario judicial (funcionario judicial) y de la Policía Nacional para precautelar la integridad de las personas que participaron en el proceso.

Paredes asegura que en el reporte enviado por la Policía Nacional y el depositario judicial el proceso se cumplió sin contratiempos, por lo que, lo que haya pasado después entre los dueños del predio y los demandados ya no es competencia judicial.

“Mi resolución jamás podría ordenar que se quemen viviendas o se destruya construcciones, eso es descabellado, porque sale de los límites legales, lo que hice fue disponer la entrega del bien(…) Todo lo que se ha dicho es falso de falsedad absoluta, porque no hay fundamento en documentos”, dijo.
Aclaró que tampoco es verdad que los ancianos hayan vivido en el lugar 50 años, si la escritura establece que María Cristina Armas adquirió el bien en junio de 1988.

Ante el reclamo que podrían hacer los demandados de una indemnización, Paredes dijo que están en todo su derecho pero que eso sería otro proceso, ya que lo único que hizo como Juez competente es conocer el tema de la demanda que fue la devolución de la propiedad.

De su parte, Lucía Bolaños, presidenta del Consejo de la Judicatura de Cotopaxi, aclaró que en este tema las dos partes contaron con abogados particulares para su defensa y destacó que no se puede a pretexto de la justicia indígena, desconocer la justicia ordinaria , porque cada una tiene sus funciones establecidas. (VHG)