‘Estado ecuatoriano debería devolver bienes a los hermanos Isaías’

El defensor de los hermanos Isaías, doctor Jorge Zavala Egas, expone argumentos.

Una resolución del Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), notificada el 3 de junio de 2016, obliga al Estado ecuatoriano a devolver los bienes que fueron incautados el 8 de julio de 2008 por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) a los hermanos William y Roberto Isaías.

El defensor de los hermanos Isaías, Jorge Zavala Egas, explicó que en 2012, sus defendidos presentaron una demanda ante ese Comité contra el Estado ecuatoriano, por los procesos de incautación de sus propiedades iniciados en 2008, en la que expusieron que no se les permitió el derecho a la defensa en el proceso administrativo ante la AGD, se les prohibió hacer alegaciones, audiencias y defensa contra las supuestas propiedades incautadas y se permitió la aplicación de una ley en forma retroactiva “en otras palabras les confiscaron sus bienes patrimoniales sin el debido proceso que exige la norma supranacional, no se diga la norma ecuatoriana”.

Jorge Zavala Egas afirma que esa resolución establece la devolución de los bienes incautados a los hermanos Isaías por parte del Estado ecuatoriano. Y que a pesar de existir ese documento hasta el momento no ha recibido una postura formal del Gobierno para acordar la “plena reparación” que exige el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU.

Señaló que en el dictamen, emitido el pasado 30 de marzo y notificado a las partes el 3 de junio anterior, se resolvió que hubo violación de derechos y que a partir del día siguiente (4 de junio) corrían 180 días de plazo para que el Estado ecuatoriano haga efectiva la reparación que consiste en la restitución patrimonial a los hermanos William y Roberto Isaías antes de la incautación ocurrida el 8 de julio de 2008, medida con la cual se incautaron sus empresas y demás propiedades.

Valor a devolver

Zavala añadió que las resoluciones 5683 y 60147 emitidas por la ONU establecen la forma por la cual el Estado ecuatoriano debe reparar. “Cuando se condena a un Estado por violar un derecho constitucional a un particular nace la responsabilidad que se concreta en la reparación”, sostuvo, y añadió que esa reparación se hace en el Ecuador, mediante un recurso efectivo que concrete la restitución de bienes, la indemnización, la compensación y la satisfacción o disculpas.

Dijo que en nuestro país en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales, artículos 18 y 19, establece que se debe acudir al juez de lo Contencioso Administrativo para que se liquide el valor a devolver.

El defensor de los hermanos Isaías expresó que aún no han acudido a esas instancias, pero que lo harán cuando el Gobierno responda que no va a pagar. “Lo que hemos recibido hasta ahora son declaraciones oficiales de tres autoridades públicas del Ecuador: el Canciller, la Ministra de Justicia y del Procurador General del Estado que han desnaturalizado el fallo del Comité para concluir en forma anticipada que la plena reparación ordenada por la violación de los derechos de los denunciantes no alcanza la devolución de los bienes ni indemnización alguna, restringiendo así la responsabilidad del Estado internacionalmente definida por la misma ONU”.

Piden relator

Ante la falta de respuesta por parte del Gobierno, aclaró Zavala, se pidió a Ginebra que para evitar que se venzan los 180 días establecidos con negativas o dilatorias, que nombre un relator para que exija medidas complementarias a las ya dictadas para lograr el cumplimiento. Aspira a que a finales de agosto o la primera semana de septiembre este nombrado.

Zavala dijo que el relator se encargará de monitorear el cumplimiento de esa resolución y a observar que en esos 180 días se cumpla con el fallo y que hasta el 3 de diciembre, fecha que se cumple el plazo, “el relator puede dictar medidas complementarias que puede que las hagan cumplir o no, pero será el Comité el que decida las medidas coercitivas”.

Derecho de Repetición

Jorge Zavala, sostuvo que hay coincidencias con el Estado, en lo relativo a que el dictamen es vinculante y de cumplimiento obligatorio, que hay la obligatoriedad de reparar y que la discrepancia está relacionada con la devolución de los bienes. Dijo que lo que se repara son los daños sufridos acatando la resolución 60/147 de las Naciones Unidas y que “eso no admite discusión, porque está escrito”.

Zavala Egas destacó que el Estado ecuatoriano es uno sólo y que la reparación bien puede iniciarse en este gobierno y continuar en el próximo, porque el Estado es uno solo y sentenció que lo que va porque va, es el efecto repetición, ya que el pueblo ecuatoriano no paga los daños que ellos causaron.

«Lo pagarán los funcionarios públicos que desde el año 2008 causaron estas vulneraciones de derechos, comenzando por la asambleístas constituyentes que aprobaron el Mandato 13 y todos los actores que en la AGD, en el Ministerio de Finanzas, excepto el ministro Fausto Ortiz quien se negó a firmar el acta de incautación de los bienes de los hermanos Isaías, y los directorios de entidades, quienes de sus bolsillos deberán devolver, porque el pueblo ecuatoriano no va a sufrir por los perjuicios que ellos ocasionaron», concluyó. (I)

Pasa saber

Las incautaciones

Los procesos de incautación de sus propiedades iniciados en 2008.

En 2012 presentaron una demanda ante el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

Una resolución de este Comité notificada el 3 de junio de 2016, obligaría al Estado ecuatoriano a devolver los bienes

«Lo pagarán los funcionarios públicos que desde el año 2008 causaron estas vulneraciones de derechos”

Jorge Zabala Egas

Abogado