Empresarios a la espera de parámetros para acceder a exoneraciones tributarias

Atención. El sector agroindustrial es uno de los que pueden beneficiarse.
Atención. El sector agroindustrial es uno de los que pueden beneficiarse.

Mediante Decreto Ejecutivo 1130 se extendió por 24 meses más el plazo para la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) e Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) de las nuevas inversiones productivas.

Con ello las empresas pueden acogerse a los incentivos establecidos en los artículos 26 y 27 del Capítulo II de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal de conformidad con lo establecido en su disposición transitoria tercera.

Los sectores priorizados con la exoneración del IR son los detallados en el artículo 9.1 de la Ley de Régimen Tributario Interno, los que podrían ser beneficiados con esta medida hasta por 15 años, dependiendo el lugar y sector en que se ejecute la inversión. Mientras que, el Impuesto a la Salida de Divisas es para bienes de capital, materias primas y dividendos de inversión extranjera.

Ahora el Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones revisará y adecuará los parámetros que deberán cumplir las inversiones que soliciten someterse al régimen de incentivos establecidos en la normativa vigente, cuyo cumplimiento deberá ser monitoreado por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP).

Para el economista Marcelo Palacio, esta ampliación es una forma de establecer policías económicas claras y sostenibles para que los empresarios puedan hacer inversión en el país. (NVP)