Circulación vehicular para agosto

Atención. Las disposiciones para circulación vehicular en agosto ya están aprobadas.
Atención. Las disposiciones para circulación vehicular en agosto ya están aprobadas.

Desde el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional ya se dio a conocer como sería la circulación durante los cinco domingos que tiene agosto de 2020.

La disposición señala que los vehículos particulares, con placas terminadas en número impar (1, 3, 5, 7 y 9) puedan circular sin restricción los días lunes, miércoles y viernes y los domingos 2, 16 y 30 de agosto. En tanto, los automotores con placas pares y cero (2, 4, 6, 8 y 0) podrán transitar los martes, jueves y sábado y los domingos 9 y 23 de agosto.

Desde el COE se hizo énfasis en que los cantones que estén en semáforo rojo no podrán circular vehículos particulares durante el fin de semana (sábado y domingo). Mientras que la circulación entre semana será: los lunes los vehículos cuyas placas terminan en 1, 2, 3 y 7; martes 3, 4, 5 y 8; miércoles 4, 5, 6 y 9; jueves 6, 7, 8 y 0 y los viernes 1, 2, 9 y 0.

La realidad cambia para las ciudades que están con semáforo verde. En ellas la circulación queda así: los lunes no circulan los vehículos cuyas placas que terminan en 6, 8 y 0. Los martes tampoco pueden transitar las placas que finalizan en 5, 7 y 9. Los miércoles las placas 4 y 0 no pueden movilizarse. Los jueves no circulan las placas en 1, 3 y 9. Viernes, la prohibición es para las placas 2, 6 y 8; sábado 1, 3 y 5; y los domingos no circulan los vehículos con placas terminadas en 2, 4 y 7. (NVP)