11 años de prisión por tentativa de femicidio

LUGAR. El hecho se dio el 30 de mayo en la avenida Rumiñahui y Pichincha.
LUGAR. El hecho se dio el 30 de mayo en la avenida Rumiñahui y Pichincha.

Diego Vinicio A., fue declarado culpable y sentenciado a 11 años y cuatro meses por intentar asesinar a su exconviviente.

Las agresiones ocurrieron el sábado 30 de mayo durante la cuarentena, en la avenida Rumiñahui y Pichincha. El victimario esperó que la mujer salga de su casa para atacarla.

Mientras ella caminaba con sus hijos y una amiga a comprar comida, observó a lo lejos a Diego Vinicio A., quien se acercó de apoco y la apuñaló.

La mujer intentó esconderse en una tienda, pero el victimario golpeó a su amiga y la alcanzó, clavándole el objeto cortopunzante en el cuello, el pecho y el abdomen. Luego huyó del lugar.

Los hechos fueron presenciados por los hijos de la víctima y varias personas del barrio que la auxiliaron y dieron aviso a la Policía Nacional. El mismo día, Diego Vinicio A., fue capturado en el barrio Miñarica II.

Audiencia

Después de que Fiscalía presentará los suficientes elementos probatorios, el Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua lo declaró culpable por el delito de tentativa de femicidio.

En la audiencia de juicio, el fiscal Lenin Mayorga sustentó la acusación con pruebas documentales, periciales y testimoniales, entre estas: las versiones de los hijos y vecinos de la víctima, quienes presenciaron el hecho, el informe médico-legal que determinó la existencia de las tres heridas cortopunzantes y una herida lineal grave de 10 centímetros en el cuello, el informe psicológico y de entorno social, entre otros.

Según la investigación, la mujer fue víctima de violencia intrafamiliar por mucho tiempo, incluso el agresor la habría obligado a vender drogas. .

El delito de femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque se sanciona con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, este caso se procesó en concordancia con el artículo 39, que tipifica la tentativa, cuya sanción corresponde de uno a dos tercios de la pena.

Además se consideraron las circunstancias agravantes del artículo 142, del mismo cuerpo legal. (APQ)