Vicepresidente Glas interpondrá acción extraordinaria de protección

PROCESO. El vicepresidente Glas permanece en prisión desde el 2 de octubre.
PROCESO. El vicepresidente Glas permanece en prisión desde el 2 de octubre.

Tras ser notificados con la negación de la apelación a la prisión preventiva, ese es el recurso de su defenda.

La defensa del vicepresidente, Jorge Glas, fue oficialmente notificada de la negativa al recurso de apelación que interpuso en contra de su prisión preventiva. Ante esto, el abogado Eduardo Franco Loor confirmó a este Diario que se encuentra preparando un recurso de acción extraordinaria de protección.

“Estamos elaborándola”, especificó Franco Loor, y adelantó que espera terminarlo hasta mañana. Quiere presentarlo, aprovechando que tendrá que ir a Quito para la audiencia de recusación que solicitó contra el juez nacional Miguel Jurado, en el caso de asociación ilícita dentro de la trama de Odebrecht.

También dijo que están “estudiando” la posibilidad de pedir libertad bajo fianza en el caso del segundo mandatario, así como que se acepte la apelación que puso contra la decisión de un tribunal de la Corte Nacional que el domingo 15 de octubre negó el Hábeas Corpus para Glas.

El procesalista Juan Francisco Guerrero piensa que “no es procedente una acción extraordinaria de protección porque ese recurso solamente se puede proponer respecto de decisiones definitivas, de última instancia, y en el caso de la prisión preventiva”.

Piensa que lo adecuado sería solicitar nuevamente una revocatoria de las medidas cautelares y presentar “nuevos y mejores argumentos de por qué la prisión preventiva debe ser revocada”.

Análisis

Guerrero piensa que la acción extraordinaria de protección, al menos en este caso, es “poco práctica”, porque no suspende los efectos de la decisión y dura meses e incluso años en sustanciarse. “No solo es improcedente desde el punto de vista jurídico, sino que es poco adecuado o conveniente al caso”, precisó.

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día falta para la audiencia por la recusación de Glas contra Jurado. Sobre la libertad bajo fianza respondió que, por tratarse de un delito sancionado con pena de 3 a 5 años, Glas podría solicitar audiencia para pagar caución. “Como no es un delito contra la administración pública, sino solo por asociación ilícita, tiene ese derecho”, manifestó. Sin embargo, aclaró que “generalmente el monto de la caución debería tener una relación con el monto del daño”, y en ese sentido recuerda que cuando la Procuraduría se presentó como acusador particular estimó que hubo daños al Estado de alrededor de 50 millones de dólares. (MMD)

Recusación

Como requisito para dar trámite a la recusación que interpuso contra el juez Miguel Jurado, Jorge Glas consignó una caución de 1.125 dólares, correspondiente a tres salarios mínimos unificados, de conformidad con el artículo 27 del Código de Procesos. La audiencia de recusación se realizará mañana en la Corte Nacional de Justicia.

1.125
dólares estipuló Franco Loor como fianza para este caso. El abogado Eduardo Franco Loor, que defiende al Vicepresidente, piensa que, “independientemente de la recusación, debe haber otro juez que notifique día para efectuar la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio”, y espera que eso suceda en el transcurso de esta semana.

Según Franco Loor, Jurado ya no podrá conocer este caso por la recusación y por la denuncia por el presunto prevaricato que puso contra ese juzgador. El jurista asevera que Jurado también cometió el delito de privación ilegal de la libertad, con penas de 1 a 3 años de prisión, “porque, siendo inocente el Vicepresidente, dijo que había peligro de fuga. Y, de acuerdo con los estándares internacionales, el peligro de fuga tiene que ser real, demostrable y no un peligro futuro”.