Justicia digital en Ecuador

Autor: Diana Briones| RS 84


En Ecuador, el sistema de justicia tradicional ha perdurado durante casi dos siglos, manteniendo sus estructuras clásicas. Sin embargo, la pandemia ha impulsado al sistema judicial a intensificar el uso de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), especialmente la videoconferencia, para llevar a cabo audiencias. Estas herramientas telemáticas representan una nueva manera de administrar la justicia, garantizando el acceso a la misma, la tutela judicial efectiva, el debido proceso, entre otros derechos fundamentales. No obstante, la transformación del sistema de justicia es un desafío complejo que implica la adopción de tecnología especializada que va más allá de simplemente virtualizar una audiencia.

Las herramientas tecnológicas apropiadas son tan avanzadas que no alteran la esencia o sustancia de un juicio presencial, ya que permiten que se rija por los mismos estándares. Esto significa que el juez debe actuar con imparcialidad, dirigir el proceso, y las partes tienen derecho a contradecir, objetar y presentar pruebas, entre otros aspectos. Los desafíos surgen en las particularidades de las audiencias virtuales, que requieren precauciones especiales en relación con el software utilizado, asegurando que la percepción del juez sea directa, sin interferencias que puedan distorsionar la prueba o cuestionar el principio de inmediación procesal. Dada la casuística variada de esta área, no es posible ofrecer soluciones únicas, ya que múltiples enfoques pueden ser necesarios en la práctica diaria.

Por otro lado, el principio de inmediación se cumple en las audiencias telemáticas en un contexto adecuado y considerando su verdadero alcance. Aunque difieren en su naturaleza respecto a las audiencias tradicionales, satisfacen los objetivos requeridos por este principio, ya que permiten la presencia del juez en los actos procesales y la percepción de la presentación de pruebas a través de la videoconferencia.

Por tal razón, las audiencias virtuales en Ecuador tienen la misma validez que las audiencias físicas en procesos civiles regulados por el COGEP. Además, cumplen de manera más efectiva con principios como la celeridad, la simplicidad, la economía procesal, la publicidad, entre otros. A pesar de que el uso de las TIC en la administración de justicia presenta ventajas y desventajas, su implementación es esencial para mantenerse al día con la globalización y las necesidades actuales de los usuarios. Por tanto, el sistema judicial ecuatoriano debe adaptarse y modernizarse no solo como una medida de emergencia, sino como una nueva forma de administrar justicia.

Desafíos de la justicia digital
La justicia digital busca un cambio institucional que involucra múltiples reformas normativas, organizacionales y culturales ante la adopción de nuevas tecnologías para garantizar un acceso rápido, efectivo y eficaz a la administración de justicia. Algunas de las ventajas para la implementación de la justicia digital son las siguientes:

Mayor eficiencia y eficacia en la tramitación de casos. La justicia mejora la velocidad y la calidad de la información que los jueces necesitan para tomar decisiones.
Mejor acceso a los servicios de justicia en línea. Esto va desde la existencia de procesos digitales sin la intervención de un juez o abogado, hasta la celebración de audiencias y juicios virtuales. Este cambio supone una reducción importante de los costos de acceso a los servicios de justicia.
Aumento de la transparencia. La digitalización de todos los procesos facilita el acceso transparente a los datos por las partes implicadas en un caso. Esto es una garantía adicional de imparcialidad de la Justicia, a la vez reducen las oportunidades de corrupción en las diferentes instancias procesales.

Para lograrlo es importante adaptar las leyes para contemplar el uso de las tecnologías dentro del procedimiento judicial. Por ejemplo, para realizar ciertos trámites legales se requieren específicamente firmas a mano, sellos, o el archivamiento físico de documentos y no dejan margen legal para adaptar el proceso a una justicia digital aunque ha existido un gran avance con la implementación de la firma digital.

La implementación de las audiencias telemáticas como mecanismo para garantizar el acceso a la justicia permiten automatizar los procesos de comunicación entre las partes, debido a que proporciona mayor agilidad y trazabilidad en todas las interacciones entre el juzgado y las partes. Además, al implementar la justicia digital nos permite garantizar la transparencia en cada uno de los casos debido a que todo queda registrado. Las grabaciones de las audiencias orales se convertirían en una gran herramienta para la formación de abogados y jueces, ya que permite un mejor tratamiento en las instancias superiores durante la evaluación de recursos.

Sin duda alguna la justicia digital tiene como misión fundamental garantizar el debido proceso consagrado en el Art. 76 de la Constitución y otros derechos conexos como el derecho a la acción, el ejercicio de la defensa y contradicción, la práctica y contradicción probatoria, el derecho a impugnar las decisiones judiciales, a la segunda instancia, etc.

La justicia digital pone en riesgo al debido proceso
Los abogados litigantes han planteado sus dudas sobre los problemas que puede conllevar la implementación de la justicia digital como lo es la pérdida de conexión a internet durante el interrogatorio, la no disponibilidad por el declarante de medios informáticos o conocimientos suficientes para conectarse, la pérdida de la inmediación entre juez, abogados e interrogado, las dificultades en el ejercicio de defensa, la audiencia pública de la vista, la consulta y exhibición de documentos durante el juicio y el riesgo de que los testigos o peritos puedan ser instruidos o ayudados durante su declaración. Es decir, los mismos retos que deberá afrontar nuestro sistema judicial.

Pero una posible solución sería dotar a los juzgados y tribunales de equipamientos informáticos adecuados, programas de gestión documental y formación, no debería existir, en principio, inconveniente para que con las herramientas actuales los juzgadores, funcionarios, abogados y procuradores puedan comparecer a las audiencias desde sus despachos utilizando las nuevas plataformas.

El Ab. Javier García Sanz menciona que “La declaración telemática de partes, testigos y peritos puede resultar, sin embargo, más delicada. Las normas procesales deberán garantizar la identidad del declarante a distancia y que su interrogatorio se realice sin influencias externas. Para ello, podrían habilitarse espacios, bien en las propias sedes judiciales o en las de otras administraciones públicas, bien en dependencias privadas, donde se desplegarían los medios técnicos para su práctica (ordenador, webcam, internet). Podría también contemplarse que el desarrollo de estas actuaciones fuera supervisado por personal designado judicialmente. En la medida en que la dotación de personal lo permita, la máxima garantía la aportarían los agentes judiciales u otros funcionarios del juzgado más cercano pero, para cuando no sea posible, podría valorarse la habilitación de otros responsables”. (Sanz, 2020. La preservación de la privacidad de los datos es otro de los grandes desafíos que enfrenta la justicia digital al utilizar las herramientas tecnológicas proporcionadas por los sistemas judiciales y sus plataformas. Por lo tanto, es de vital importancia analizar detenidamente las políticas de privacidad, ya que estas plataformas están diseñadas para recopilar información y datos de los usuarios.

Además, surgen problemas relacionados con la presentación de pruebas en las audiencias virtuales, ya que existe el riesgo de amenazas o manipulación de los testigos, quienes pueden no estar presentes físicamente en la pantalla.

Esto también genera inseguridad, ya que las audiencias pueden ser grabadas o difundidas en línea sin la autorización del juez, lo que expone a las partes involucradas a un riesgo innecesario. Por otro lado, se requiere una revisión del artículo 4 del COGEP para fortalecer el sistema de audiencias virtuales. En lugar de considerarlas como una medida excepcional, se deben ver como una nueva forma independiente de administrar justicia, permitiendo a las partes y al juez elegir esta opción, independientemente de si desean o pueden asistir de manera presencial. Asimismo, el artículo 195 del COGEP necesita actualizarse en relación con la validez de documentos que son copias simples o certificadas. Si las partes aceptan un documento, incluso si es una copia simple, debería considerarse válido.

La presentación del documento original solo debería ser necesaria si la otra parte cuestiona su validez o eficacia.
En última instancia, es fundamental establecer un sistema informático integral que otorgue valor legal a las acciones realizadas a través de él, eliminando la necesidad de una presentación duplicada. Hay ejemplos de sistemas judiciales informáticos exitosos, que pueden servir como modelos para que Ecuador mejore la eficiencia y modernice el poder judicial.

Finalmente, es crucial implementar capacitaciones técnicas y funcionales sobre el uso de las herramientas digitales disponibles para el Consejo de la Judicatura. Estas capacitaciones deben dirigirse no solo a los administradores de justicia, sino también a los abogados, ya que la educación en el uso de las TIC es esencial. Una capacitación efectiva garantizará la eficiencia de las audiencias por medios telemáticos.

Uno de los desafíos más significativos en la administración de justicia en la actualidad es la incorporación efectiva de la tecnología, en particular la inteligencia artificial y la justicia digital. Si bien estas innovaciones prometen agilizar procesos, mejorar la eficiencia y aumentar el acceso a la justicia, también plantean desafíos éticos y legales fundamentales. La imparcialidad de los algoritmos, la privacidad de los datos, la transparencia en la toma de decisiones y la capacitación de profesionales del derecho son cuestiones críticas que deben abordarse. Además, la brecha digital plantea preocupaciones sobre la inclusión de aquellos que no tienen acceso a la tecnología. En última instancia, equilibrar los beneficios de la tecnología con la protección de los derechos individuales y la equidad en el sistema de justicia es un reto clave en la administración de justicia en la era digital.

Finalmente, como país, reconocemos que la tecnología no representa el futuro, sino que ya forma parte integral del presente. Avanzamos hacia una era en la que las máquinas podrán generar pensamientos por sí mismas, y donde las técnicas de inteligencia artificial y automatización se convertirán en componentes esenciales para revitalizar y modernizar la actividad judicial. Somos plenamente conscientes de que, en todo este proceso, la ética desempeña un papel central, junto con la salvaguardia de los datos y los principios procesales establecidos en nuestro marco legal. Reconocemos que las nuevas tecnologías contribuyen significativamente a mejorar tanto la calidad del servicio como la eficiencia interna de la administración de justicia. No obstante, también somos conscientes de los desafíos que surgen, especialmente la falta de regulación en este ámbito y las cuestiones éticas y morales que se plantean en relación con su utilización.