Hay que rascarse donde pica

Pablo Granja

La Asamblea Constituyente que redactó la Constitución del 2008 fue presidida inicialmente por el Eco. Alberto Acosta, quien abrió un amplio debate ciudadano. Pero, este camino era demasiado largo y democrático para las prisas que tenía el presidente de la República, por lo que lo reemplazaron con el Arq. Cordero, que al frente de una mayoría obediente y no deliberante aprobaban con velocidad de microondas los textos pre-elaborados en la Presidencia. Estos – se llegó a decir – eran sazonados con la asesoría de un grupo de españoles adictos a las recetas del socialismo del Siglo XXI. Aun así, el texto fue alterado al momento de codificar la versión definitiva, según lo denunció públicamente el Dr. León Roldós. No hubo caso, la Constitución se aprobó por referéndum, otorgando facultades a la medida del autoritarismo del presidente.

Cuando llegó la bonanza por los altos precios del petróleo también empezó el derroche, con contrataciones de emergencia, construcción de obras de relumbrón y sin adecuada planificación, etc. Dilapidados los recursos, el fisco dejó de pagar al Seguro Social; creció el endeudamiento interno y externo; se recurrió a la preventa del petróleo. Muchas cosas ocurrieron al amparo de las autoridades de control cooptadas mediante los mecanismos de la Constitución. El origen de los males nació en Montecristi, surgiendo propuestas de cambio del modelo, aunque algunas carezcan de objetividad y viabilidad. El presidente electo, Daniel Noboa, anunció una Consulta Popular durante los 100 primeros días de gobierno; y aunque no se las conoce deberán someterse a la aprobación respectiva, lo que podría demandar más plazo que el anunciado.

Quien tiene ‘clara la película’ es el Dr. Orlando Amores Terán, que elaboró las preguntas y la estrategia jurídica para reformar la Constitución “hasta encontrar el resquicio jurídico para desarmar la construcción constitucional narcoterrorista, sin opción a que la Asamblea ‘politice’ el tema”, según sus propias palabras. La propuesta presentada a la Corte Constitucional, el 27 de agosto de 2019, emitió el Dictamen 7-19-RC-19, del 5 de noviembre de 2019,  aprobando las siguientes preguntas: 1.- Eliminación de la Función de Transparencia y Control Social, y sustituir esa denominación por órganos de Control; 2.- Eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social; 3.- Sustituir la denominación de Asamblea Nacional por la de Congreso Nacional; 4.- Estructurar el Congreso Nacional en dos Cámaras: de Senadores y Diputados; 5.- Limitar el número de diputados por provincia; 6.- Limitar el número de senadores por provincia; 7.- Transferir las atribuciones de designación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, a la Cámara de Senadores del Congreso Nacional; 8.- Eliminar como Función del Estado, la denominada Función Electoral; 9.- Sustituir el Consejo Nacional Electoral por el Tribunal Supremo Electoral; y, 10.- Eliminar las regiones de la organización territorial del Estado, conservando las provincias, cantones y parroquias rurales. Con la aprobación de estas preguntas se eliminan entidades que han acumulado un nivel de desprestigio por la opacidad, negligencia o abuso de sus facultades; esto devolvería la fe ciudadana en sus instituciones y se recuperaría la moral pública. El presidente Noboa debería acoger este dictamen porque ya no requiere de ningún trámite, eliminando el riesgo de que unas nuevas preguntas sean ‘congeladas’ al interior de la Asamblea; o peor que eso, que se conviertan en ‘vacunas’ para permitir la gobernabilidad. En resumen, son preguntas específicas que sirven para redefinir políticas de Estado. Si es que se conoce donde se origina el defecto, ¿para que aplicar correcciones parciales e incompletas en otra parte? Recurriendo a la sabiduría popular, y para no perder tiempo ni correr riesgos: “hay que rascarse donde pica”.