La Corte Penal Internacional

Rodrigo Santillán Peralbo

Aparecieron algunos personajes que, seguramente, sin conciencia de patria, independencia, soberanía, quieren entregar parte del país a Estados Unidos para que instale bases militares, ya sea en Galápagos o en Manta. Otros lanzan propuestas y gritos para que el Ecuador se convierta en miembro activo o en parte de la Corte Penal Internacional que es un organismo jurídico creado a instancias de la Unión Europea y de Estados Unidos, lógicamente, para satisfacer sus intereses jurídico-políticos a nivel internacional.

Todos los países que se adhieran a ese órgano están obligados a acatar las decisiones o resoluciones de la CPI como la extradición de personas, pero la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 79 prohíbe la extradición de una ecuatoriana o un ecuatoriano, sin importar el delito por el que haya sido acusado.

Oficialmente suele afirmarse que “la Corte Penal Internacional es un tribunal permanente, con vocación universal, con sede en La Haya, creado por medio del Estatuto de Roma adoptado el 17 de julio de 1998, y con competencia para juzgar a los individuos presuntamente responsables de haber cometido los crímenes más graves contra la humanidad como genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra”.

En Ecuador no se han cometido ese tipo de crímenes, razón por la que se podría decir que el ingreso del Ecuador a ese órgano de justicia internacional, según deseos, conveniencias o imposiciones de Estados Unidos o Europa, o de ciudadanos y ciudadanas del país, hasta ahora no encuentran una digna justificación.

Si Ecuador ingresara a esa Corte, se debería reformar la Constitución y las leyes para permitir la extradición de ecuatorianos, por ejemplo; además de tipificar otros crímenes monstruosos, calificados de lesa humanidad.