Asamblea Nacional en aprietos

Wellington Toapanta

Las actividades del Consejo de Participación Ciudadana y Control. Social (Cpccs) estaban ceñidas al ordenamiento jurídico ecuatoriano hasta el lunes 23 de este mes. Lo determinó la resolución de la Corte Constitucional, al destituir a los siete miembros del organismo, incluyendo a los cuatro que semanas atrás habían sido censurados y removidos de sus funciones, por un amañado juicio político parlamentario.

El fallo judicial, de última instancia, sin decirlo, puso en aprietos a la mayoría de la Asamblea Nacional, que ha persistido en afirmar que el Cpccs operaba desafiando a la Constitución y la ley, porque los cuatro consejeros fueron censurados y destituidos, pero no reconoció la acción de protección concedida por un juez constitucional que observó la omisión del garantista debido proceso.

La mayoría de la Asamblea debe entender que los alcances de la resolución del auto de verificación de incumplimiento de una sentencia que dispuso, al Cpccs, elegir a la máxima autoridad del Consejo de la Judicatura, podría rebotarles en cualquier momento.

Por ello, esa mayoría que, progresivamente, se formó en enero de 2021, tiene el imperativo de posesionar, sin dilaciones, al Superintendente de Bancos, designado por el Cpccs, recién destituido el lunes último.

Lo debe hacer porque el fallo de la Corte, expresa que, hasta entonces, el Cpccs cumplía sus actividades en los marcos constitucionales y legales, convalidando, implícitamente, la acción de protección del juez constitucional a los cuatro destituidos.

Para emitir el fallo, la Corte verificó que todos y cada uno de los siete consejeros carecían de invalidez jurídica-política; por ello procedió a destituirlos por “deliberado y sistemático” incumplimiento de su sentencia de meses atrás. Tan en funciones legales estaban los miembros del Cpccs, que fueron removidos por no designar al Presidente del Consejo de la Judicatura de la última terna remitida por el presidente de la Corte Suprema de Justicia.

Pese a ello, la mayoría parlamentaria baraja intereses sobre el Cpccs. Por eso no ha reaccionado, inmediatamente, pidiendo al Consejo Nacional Electoral la nómina de hombres y mujeres que obtuvieron votos, en las elecciones generales pasadas, para posesionarlos y que remplacen a los destituidos, como tampoco en colocar la placa que les persuade a respetar el ordenamiento constitucional.

La placa, con la inscripción: “Ningún poder del Estado está por encima del control constitucional”, debe ser colocada en fachadas de los accesos principales desde la Av. Juan Montalvo y calle Piedrahita, para que cada miembro de la Asamblea Nacional, lea y no olvide que toda resolución legislativa, parlamentaria y fiscalizadora debe estar ceñida al ordenamiento constitucional vigente.

La Constitución vigente prescribe (Art. 426) que “Todas las personas, autoridades e instituciones están sujetas a la Constitución”; pero, la coyuntural mayoría, “sistemáticamente”, aprueba resoluciones obviándola, sosteniendo que ninguna otra Función del Estado, menos la Judicial, puede interferir sus actuaciones, por más violatorias a la Constitución y la ley que sean.