Quejas por cobros excesivos en el IVA a servicios digitales

Usuarios denuncian que se está gravando sobre el valor total del bien comprado y no por el servicio de la plataforma. El SRI asegura que no hay errores ni abusos.

Desde septiembre 2020 al 31 de enero 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI) recaudó $8’919.649 por concepto el cobro del IVA a los servicios digitales. Sin embargo, la Cámara de Innovación y Tecnología (Citec) asegura que ha registrado alrededor de 200 denuncias de usuarios sobre cobros indebidos y excesivos

El principal argumento para esas denuncias es que el 12% de impuesto se está cargando sobre valor total del producto comprado a través de una plataforma, y no únicamente sobre el costo del servicio digital.

En el caso de las aplicaciones de transporte como Uber, las quejas apuntan a que el IVA se impone sobre el total de la carrera, pero debería cobrarse solo por la comisión por la utilización de la plataforma.

Según el Servicio de Rentas Internas (SRI), existen prestadores de servicios digitales que no cobran comisión por una intermediación, sino que cobran por la gestión completa de un servicio. En esos casos, el IVA se grava sobre el monto total de la factura.

El dato.- Para 2021, el SRI estableció una meta de recaudación de $19 millones por IVA a servicios digitales. En enero, ya se cobró $1,7 millones.

¿Qué dice la ley?

En el artículo 140.1 del Reglamento a la Ley de Simplificación Tributaria, se establece que un servicio digital es el que se presta o contrata a través de Internet, y además está automatizado. En ese caso, el IVA se paga sobre el 100% de la factura.

Pero, si la prestación del servicio requiere que intervengan personas, el cobro será sobre la comisión que fija la plataforma o, si no hay esa comisión, sobre el 10% de la factura.

Sin embargo, el SRI recalcó que no se puede establecer cuándo hay una figura de intermediación humana en el servicio que prestan las plataformas. Y, en el caso de los servicios de transporte, las plataformas no establecen comisiones por el servicio digital.

“Los contribuyentes que se sientan afectados pueden presentar su reclamo por medio de canales digitales o físicos, según el formato Devolución del IVA por pago en exceso o indebido, disponible en su portal web”, dice la entidad pública

El dato.- Actualmente, 200 prestadores de servicios digitales están registrados en el catastro del SRI.