Defensa de la honra y el buen nombre de magistrados y jueces

La Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces – AEMAJ es una sociedad esencialmente científico-jurídica, cultural pluralista, democrática de carácter civil y de derecho privado, sin fines de lucro, miembro de la Federación Latinoamericana de Magistrados – FLAM y de la Unión Internacional de Magistrados – UIM, que agremia a los jueces del Ecuador, con el fin de constituirse en un frente unido en representación y defensa del accionar de los administradores de justicia.

En tal sentido, extiende a usted un atento saludo y a la vez solicita al medio de comunicación, del cual usted es directora, se extiendan las disculpas respectivas a los jueces a nivel nacional, esto ante la caricatura publicada en la página 5 de la edición del 22 de junio de 2021, en la cual se hace a alusión a que los jueces a nivel nacional cuidamos a la corrupción. Manifestaciones como estas confunden a la ciudadanía e irrespetan la independencia judicial tal como está consagrado en el art. 168.1 de la Constitución del Ecuador, además desprestigian de forma generalizada a los jueces del país.

Es importante mencionar que, como administradores de justicia, respetamos la libertad de expresión, tal como está escrito en el art. 16.1 de la Constitución, siempre y cuando ésta no afecte la honra y al buen nombre.

Le recordamos que en el art. 66.7 de la Carta Magna menciona: “el derecho de toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta, en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario”.

Además, nos permitimos recoger la sentencia de la CIDH en el Caso Mémoli Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de agosto de 2013. Serie C No. 265.8, expresó:

“De otro lado, en el marco de la libertad de información, este Tribunal considera que existe un deber del periodista de constatar en forma razonable, aunque no necesariamente exhaustiva, los hechos en que fundamenta sus opiniones. Es decir, resulta válido reclamar equidad y diligencia en la confrontación de las fuentes y la búsqueda de información. Esto implica el derecho de las personas a no recibir una versión manipulada de los hechos. En consecuencia, los periodistas tienen el deber de tomar alguna distancia crítica respecto a sus fuentes y contrastarlas con otros datos relevantes. En sentido similar, el Tribunal Europeo ha señalado que la libertad de expresión no garantiza una protección ilimitada a los periodistas, inclusive en asuntos de interés público. Aun cuando están amparados bajo la protección de la libertad de expresión, los periodistas deben ejercer sus labores obedeciendo a los principios de un periodismo responsable, es decir, actuar de buena fe, brindar información precisa y confiable, reflejar de manera objetiva las opiniones de los involucrados en el debate público y abstenerse de caer en sensacionalismos. Asimismo, el Tribunal Europeo ha señalado que el desarrollo de un periodismo responsable y ético es de particular relevancia en una sociedad contemporánea donde los medios no sólo informan sino también pueden sugerir, a través de la manera cómo presentan la información, la forma en que dicha información debe ser entendida”.

Fundamento que fue considerado en la causa No 09201-2021-00039 en contra de Teleamazonas, en donde se ordenó la reparación por las violaciones al derecho a la honra y buen nombre de una compañera jueza.

Como Asociación nos encontramos abiertos a brindar un servicio que eduque a la ciudadanía, con el fin de informar la forma correcta en la que opera la justicia y aclarar las dudas que comunicadores y ciudadanía en general puedan tener.

Con sentimientos de consideración y augurando éxitos en sus labores, anticipo mi agradecimiento.

Presidente AEMAJ