JUICIO 12334202200262

12334-2022-00262. –OFICIO -04014-2022

Causa N° 12334202200262.

Babahoyo, miércoles 15 de junio del 2022

Señor(es)

EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA

A: PAOLA YAZMIN BRAVO YAGUANO y CARLOS IVAN BURI CARAGUAY.

Presente.

En el juicio N°12334202200262, hay lo siguiente:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO.

EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA

A: PAOLA YAZMIN BRAVO YAGUANO y CARLOS IVAN BURI CARAGUAY.

ACTOR: LAMILLA ALVAREZ JUAN ARISON.

JUICIO: ORDINARIO, No.12334-2022-00262.

CAUSA: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

JUEZ DE LA CAUSA: AB. JOHANA ALEXIA FIERRO VEGA.

AUTO DE CALIFICACION: VISTOS: Ab. Johana Alexia Fierro Vega, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil de los Ríos, con sede en el Cantón Babahoyo, según  acción personal No.13798-DNTH-2015-SBS, de fecha 06 de Octubre del 2015 y que rige desde el 20 de octubre del 2015, en virtud de la razón de sorteo de Ley que antecede, avoco conocimiento de presente causa en legal y debida forma; y en lo principal dispongo CALIFICACIÓN.-La demanda que antecede presentada por el actor JUAN ARISON LAMILLA ALVAREZ es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario; CITACIONES: 1.-Se ordena la citación de la parte demandada PAOLA YAZMIN BRAVO YAGUANO y CARLOS IVÁN BURI CARAGUAY en vista del juramento rendido mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso; 2.- Por cuanto lo ordena el Código Orgánico Organización Territorial, Autonomía, Descentralización  COOTAD, en la Disposición General Décima CITESE al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Babahoyo, en la persona del Alcalde y Procurador Síndico, al efecto, remítanse las boletas correspondientes con copia de la demanda y este auto inicial de calificación, a fin de que quien haga las veces de Secretario en la tenencia política  y en la Unidad judicial respectivamente observen lo dispuesto en los Arts. 54 y 55 del COGEP así como el Art. 10 de la Ley Orgánica Reformatoria al COGEP, finalmente dese cumplimiento estricto a la Resolución 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, que resuelve: EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA GESTION DE CITACIONES JUDICIALES (de no tener las copias necesarias la parte actora deberá facilitar las mismas en el término de 3 días);3.- A petición de la parte actora se dispone citarse al DR. IÑIGO SALVADOR CRESPO en su calidad de Procurador General del Estado, al efecto de conformidad con lo que establece el Art. 72 del COGEP mediante DEPRECATORIO VIRTUAL a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil del Distrito Metropolitano de Quito con escaneo de demanda y este auto.-TERMINO DE CONTESTACION.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, téngase en cuenta lo establecido en el art. 56 numeral 2do inciso 5to que ordena: Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.. INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA. – De conformidad a lo que establece el inciso 5to del  Art. 146 del mentado COGEP Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para lo cual, NOTIFIQUESE en legal y debida forma a la señora Registradora entregándosele el oficio correspondiente, por lo que, el señor Actuario primero deberá remitir el oficio con notificación y posteriormente, el extracto de citación por la prensa. ANUNCIO DE PRUEBAS. – Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados, situación que estará a lo previsto en el artículo 294 ibídem, en el evento que se formule la contestación. NOTIFICACIONES. – Tómese nota de los correos señalados por la parte actora. CITESE Y NOTIFÍQUESE.-FUNDAMENTOS DE HECHO: Desde el día 1 de enero de 1993 esto es por espacio de más de veintiocho años a la presente fecha, vengo manteniendo la posesión material, publica, pacifica, no interrumpida, con ánimo de señor y dueño, de dos lotes de terrenos colindantes y que forman un solo cuerpo, ubicados en el sector Playa de Hojiva de la Parroquia Caracol del cantón Babahoyo dentro de las siguientes dimensiones: LOTE 1: NORTE, CON PROPIEDAD DE AMADO ARREGUI CON 322.9 METROS, SUR; CON PROPIEDAD DE HEREDEROS MACKLIFF MURILLO CON 60.6 METROS, 75.9 METROS Y 193.8 METROS, ESTE, CON EL RIO PITA CON 141.6 METROS, Y, OESTE; CON CARRETERO LA UNION-POTOSI CON 168.4 METROS, LO CUAL DA UNAREA TOTAL DE 4,8342 HAS; Y, LOTE 2; NORTE, CON PROPIEDAD DE AMADO ARREGUI CON 92.2 METROS Y 87.7 METROS, SUR, CON PROPIEDAD DE HEREDEROS MACKLIFF MURILLO CON 160.8 METROS, ESTE; CON PROPIEDAD DE LA COOPERATIVA DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION “LA CLEMENTINA” CON 178.8 METROS, OESTE; CON EL RIO PITA CON 167.8 METROS, LO CUAL DA UN AREA DE 2.9518. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Art 603, 715, 2392, 2398, 2410, 2411 del Código Civil. PRETENSIÓN: Que mediante sentencia se me conceda el dominio por prescripción extraordinaria adquisitva de dominio de los lotes de terreno colindantes y que forman un solo cuerpo y que forman un solo cuerpo, ubicados en el sector Playa de Hojiva de la Parroquia Caracol del cantón Babahoyo dentro de las siguientes dimensiones: LOTE 1: NORTE, CON PROPIEDAD DE AMADO ARREGUI CON 322.9 METROS, SUR; CON PROPIEDAD DE HEREDEROS MACKLIFF MURILLO CON 60.6 METROS, 75.9 METROS Y 193.8 METROS, ESTE, CON EL RIO PITA CON 141.6 METROS, Y, OESTE; CON CARRETERO LA UNION-POTOSI CON 168.4 METROS, LO CUAL DA UNAREA TOTAL DE 4,8342 HAS; Y, LOTE 2; NORTE, CON PROPIEDAD DE AMADO ARREGUI CON 92.2 METROS Y 87.7 METROS, SUR, CON PROPIEDAD DE HEREDEROS MACKLIFF MURILLO CON 160.8 METROS, ESTE; CON PROPIEDAD DE LA COOPERATIVA DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION “LA CLEMENTINA” CON 178.8 METROS, OESTE; CON EL RIO PITA CON 167.8 METROS, LO CUAL DA UN AREA DE 2.9518. TRÁMITE PROCESAL: el procedimiento es el ORDINARIO. LA CUANTÍA: La cuantía se determina en la cantidad de $22,580.59. Se le advierte a los demandados que tiene la obligación de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones, después de la última publicación y transcurridos veinte días empezara  a transcurrir el tiempo para contestar la demanda.

Lo que comunico para los fines de ley.

TAPIA MEJIA GUIDO VICENTE

SECRETARIO