JUICIO 12333-2019- 00769

REPÚBLICA DEL ECUADOR

PROVINCIA DE  LOS RÍOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

JUICIO: No. 12333-2019- 00769

DEMANDA:  INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS

ACTOR: ESPINOZA MORAN AMERICA BEATRIZ, ESPINOZA MORAN IRMA GREY, MORAN TERESA DE JESUS.

DEMANDADO: HEREDEROS DESCONOCIDOS O PRESUNTOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE FRANCISCO ESPINOZA MORAN

Se le hace saber que en esta Unidad Judicial se está tramitando el juicio de INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS, en contra HEREDEROS DESCONOCIDOS O PRESUNTOS DE QUIEN EN VIDA FUE JOSE FRANCISCO ESPINOZA MORAN

OBJETO DE LA DEMANDA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS.

HAGO SABER.-  AUTO INICIAL.- Vinces VISTOS: En mi calidad de Juez de esta Undiad Judicial Multicompetente de Vinces Provincia de Los Ríos.- En lo principal una vez que las actoras han comparecido y reconocido bajo juramento desconocer el domicilio o residencia de los herederos desconocidos de quien en vida se llamó Jose Francisco Espinoza Morán, con el cual dan cumplimiento a lo ordenado en el auto de sustanciación que antecede se califica la demanda de DE APERTURA DE LA SUCESIÓN Y FACCIÓN DE INVENTARIOS formulada por las actoras TERESA DE JESUS MORAN, AMERICA BEATRIZ ESPINOZA MORAN y IRMA GREY

ESPINOZA MORAN, deducida en contra de herederos de quien en vida fue JOSE FRANCISCO ESPINOZA MORÁN, la misma que por reunir los requisitos legales aplicables previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica de clara, precisa y completa y admite al trámite en PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, contemplado en los Arts. 334 numeral 4 y 341 del Código Orgánico General de Procesos; y por cuanto de la partida de inscripción de defunción acompañada se desprende el fallecimiento del señor Jose Francisco Espinoza Morán y por ende procédase a la facción de inventarios y avalúo de los bienes. En consecuencia: 1) PUBLÍQUESE por una sola vez esta declaratoria de APERTURA DE SUCESIÓN Y FACCIÓN DE INVENTARIO en uno de los periódicos de la localidad y si no lo hubiere de la Provincia; para lo cual el actuario del despacho efectuará el respectivo extracto que deberá ser retirado por la parte actora; 2) CÍTESE a los herederos desconocidos o presuntos de conformidad con lo dispuesto en el Art 58 del COGEP, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en el periódico Diario la Hora de la ciudad de Babahoyo de amplia circulación.- Citados todos los demandados, conforme a ley y trascurridos los términos legales, se designará mediante sorteo legal al Perito, para que realice la formación del inventario y avalúo de los bienes hereditarios, en presencia de los interesados, quien cumplirá lo dispuesto en el Art. 342 y. 345 del COGEP y se procederá a convocar a las partes a la audiencia. Es el caso que nuestro hermano quien en vida se llamó ESPINOZA MORÁN JOSÉ FRANCISCO, de nacionalidad ecuatoriana, de 65 años, quien falleció  el 16 de junio del año 2017, en la parroquia urbana Sucre, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas, por causa de insuficiencia respiratoria aguda crónica/encefalopatía urémica, declarado por el Dr. Eddie Mayon Pinto, conforme lo acreditamos con la partida de inscripción de defunción con número de Registro D-390-000123-85, EMITIDA EN EL Registro Civil, Identificación y Cedulación.  HÁGASE SABER.

Vinces, 29 de Junio del 2022.

COELLO ARRRICIAGA ROSA LUCIA

SECRETARIA ( RT)