Libertad de expresión

El artículo 13 sobre libertad de pensamiento y expresión de la Convención Americana sobre Derechos Humanos celebrada en Costa Rica en noviembre de 1969 estipula en el primero de sus párrafos; “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.

Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección” además de ello más abajo detalla; “las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás”.

Ahora bien, el formato periodístico de La Posta es particular, es un estilo totalmente distinto al del periodismo tradicional, directo, sin filtros, un esquema acoplado a las nuevas generaciones con un lenguaje casual y que probablemente puede resultar algo extravagante para otras generaciones que no están acostumbrados a esta nueva forma de hacer periodismo, a manera personal la esencia del programa me gusta porque precisamente sale de lo cotidiano, sin embargo, eso no significa que puedan cometer errores y en efecto eso es lo que sucedió en el único programa que tuvieron en televisión abierta al referirse de una manera poco convencional a Leónidas Iza que si bien muchos coincidimos en que se trata de un personaje peligroso y uno de los principales actores en las manifestaciones violentas de octubre de 2019 pero que sin lugar a dudas no era la manera en la que probablemente se lo debía calificar especialmente con ese acróstico porque se da a entender como despectivo el hecho de que sea campesino, de todas maneras ellos han reconocido el error y eso es un acto de valentía, al mismo tiempo son reprochables las amenazas recibidas por La Posta, es momento de bajar la retórica y llegar a ese Ecuador del encuentro que habla el Gobierno, de convivir en armonía y rivalizar pacíficamente.