SRI clausura locales comerciales en Zamora

CIERRE. Las clausuras tienen una vigencia de siete días.
CIERRE. Las clausuras tienen una vigencia de siete días.

El cierre se dio por la no entrega de comprobantes de venta por parte de los establecimientos.

Guadalupe Macas, directora encargada del Servicio de Rentas Internas (SRI) de Zamora Chinchipe, informó que fedatarios fiscales de la entidad realizaron un operativo de control de emisión de comprobantes de venta en la ciudad de Zamora.

Macas indica que como resultado de esta acción de control se obtuvieron los siguientes resultados: tres clausuras por primera vez; siete notificaciones preventivas; y cinco felicitaciones por la entrega respectiva de notas de venta y facturas.

Con estos resultados, el nivel de cumplimiento se establece en el 80%, lo que implica que, de cada 10 transacciones comerciales realizadas, en ocho se emiten comprobantes de venta y en dos no.

Por esta razón, se informó que la Administración Tributaria seguirá realizando estas acciones de control con la finalidad de evaluar de manera constante el cumplimiento de parte de quienes hacen actividad comercial, profesionales, prestación de servicios y en general todos aquellos quienes estén obligados a la emisión de comprobantes de venta.

Los 15 locales intervenidos corresponden a establecimientos comerciales de diversos sectores económicos, los cuales fueron objeto de compras simuladas con la finalidad de verificar el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Venta que señala la emisión obligatoria de comprobantes de venta, sean facturas físicas o electrónicas, notas de venta, o tickets de máquina registradora.

Los contribuyentes deben tener en consideración que la normativa tributaria vigente establece que en los establecimientos comerciales es obligatoria la emisión de facturas desde los cuatro dólares; y, en el caso de los establecimientos inscritos en la modalidad simplificada RISE (Régimen Impositivo Simplificado), la emisión de notas de venta es obligatoria a partir de los 12 dólares.

Finalmente, señala la funcionaria, que cuando un ciudadano necesita o exige la emisión de la respectiva factura o nota de venta por su pago realizado, el responsable del establecimiento emisor está obligado a emitirlo sin considerar el valor de la transacción, pues al haberlo solicitado el cliente, esta emisión de comprobantes de venta se torna obligatoria para el vendedor. (WRSA)

EL DATO

Quien se sienta afectado por no haber recibido comprobantes por sus compras puede denunciarlo en las agencias del SRI.