VISTO BUENO No. 267026-2018-CIRG


EXTRACTO

VISTO BUENO No. 267026-2018-CIRG

ACTOR: SILVIA EUGENIA ASIMBAYA NOROÑA Apoderada Especial del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES SOCIO ECONÓMICAS Y TECNOLÓGICAS INSOTEC

ACCIONADO: DIANA PAOLA ANDRADE CARVAJAL

CAUSAL: Art. 172 numeral 1 del Código de Trabajo.

INSPECCIÓN DEL TRABAJO PICHINCHA,- Quito. 11 de abril de 2018. a las 11H42.- En mérito del resorte o realizado al trámite N° 269232-2018-MEGM, avoco conocimiento de la solicitud de visto bueno signada actualmente con el N° 269232-2018- CIRG, presentada por la señora (a) señor (a) SILVIA EUGENIA ASIMBAYA NOROÑA Apoderada Especial del INSTITUTO DE INVESTIGACIONES SOCIO ECONÓMICAS Y TECNOLÓGICAS INSOTEC, en calidad de empleador (a), en contra del (a) señor (a) DIANA PAOLA ANDRADE CARVAJAL, en calidad de trabajador (a).- En lo principal se dispone: 1) Agréguese al expediente la declaración juramentada y el Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores agregados por el accionante.- 2) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta, y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajador mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (Ley Supletoria), por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de veinte días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones..- NOTIFÍQUESE.- f) AB. CONSUELO RECALDE G.

AB. CONSUELO RECALDE G.

INSPECTORA DE TRABAJO DE PICHINCHA

Hay firma y sello

PAR/108596/AT


VISTO BUENO N° 269184-2018-GFCG

ACCIONANTE: HERNÁN CAMILO PONCE CASTILLO REPRESENTANTE LEGAL BALTICO SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL

ACCIONADO: SR. CARLOS FERNANDO SIMBAÑA HUALPA

CAUSAL: ART. 172 NUMERAL 1 y 2 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO.

INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE PICHINCHA.- Quito, 9 de abril del 2018, a las 08H00 – En esta fecha avoco conocimiento de la solicitud de Visto Bueno signado con el número N° 269184-2018-GFCG, presentada por señor HERNÁN CAMILO PONCE CASTILLO, Representante Legal de BALTICO SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL en contra de su trabajador señor CARLOS FERNANDO SIMBAÑA HUALPA.- En lo principal agréguese al trámite la DECLARACIÓN JURAMENTADA presentada por la parte accionante celebrada ante Notario Público donde indica que desconoce el domicilio actual del accionado y Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que se indica que el accionado no salió del país, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con esta providencia notifíquese al accionado mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación de conformidad con el Art. 56 del Código de Orgánico Genera de Procesos norma supletoria del Código del Trabajo, una vez transcurridos los veinte días, se I concede al trabajador el término de dos días de conformidad al Art. 621 del Código del .ajo para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones.- 2) Tómese cuenta judicial No. 4256 señalado por la parte empleadora para notificaciones que le correspondan así como su autorización realizada al Profesional del Derecho, para que actúe en el patrocinio en este trámite.- 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección del Trabajo dentro del plazo de los diez días siguientes a partir de esta notificación, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- NOTIFIQUESE.- f) AB. Gisella F. Cárdenas G.

AB. GISELLA FERNANDA CARDENAS GUANA

INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA

Hay firma y sello

PAC110058fa