JUICIO No. : 12313201900459

12313-2019-00459- OFICIO-00291-2020

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

LOS RÍOS – MONTALVO

EXTRACTO DE CITACIÓN

JUICIO No. : 12313201900459

CAUSA : INVENTARIOS

A: PRESUNTOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE MOISÉS RAFAEL VILLACRES LOZANO;

ACTOR (A) : CEDEÑO HERRERA ANTONIO DION

SE LE HACE SABER:

Que en esta Judicatura, se encuentra tramitando una demanda de Inventarios en procedimiento Voluntario en contra de los señores JORGE ENRIQUE Y MANUEL EDUARDO VILLACRES BANGUERA Y DE PRESUNTOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE MOISÉS RAFAEL VILLACRES LOZANO, quien manifiesta: De conformidad con el certificado del Registrador de la Propiedad. El dueño del lote de terreno de 20 cuadras más o menos, era Moisés Rafael Villacres Lozano, Como aparece del certificado del Registro de la propiedad. A más del certificado de Defunción se establece que Moisés Rafael Villacres Lozano fallece en la Provincia de Esmeraldas el 26 de mayo del año de 1961. Pero su último domicilio fue en la entonces Parroquia Montalvo, en el sitio Changuil hoy Cantón Montalvo. A su muerte quedaron 7 hijos, 5 hijos me venden las acciones y derechos hereditarios. Con fecha 5 de Octubre del año 2015, en la notaría Quinta del Cantón Babahoyo el heredero JUAN BAUTISTA VILLACRES BANGUERA, me vende sus Acciones y Derechos Hereditarios, que le correspondían de su señor padre MOISÉS RAFAEL VILLACRES LOZANO.- mediante escritura de ampliación , rectificación y ratificación entre mi persona y la Apoderada (Mandataria) MARIANA DE JESUS CEDEÑO CASQUETE (Mandataria) de los herederos JUAN BAUTISTA VILLACRES BANGUERA, HAIDEE ASUSENA VILLACRES BANGUERA, CARMEN ÁNGELA VILLACRES BANGUERA, GLADYS CIRILA VILLACRES BANGUERA Y PABLO RAFAEL VILLACRES BANGUERA, quien mediante poder otorgado de fecha 13 de abril del año 2016. Mismo que se encuentra vigente, según la Razón notarial de número 20191201005000318, de fecha 16 de agosto del año 2019. En completa armonía con lo dispone el artículo 2064, 2066 del Código Civil.- En la Cláusula Tercera, de la escritura mencionada en el numeral anterior y Cuarta: ampliación que la compraventa de derechos y acciones debe constar que los mandantes anteriormente indicados representados legalmente por su mandataria, procede a vender a favor de ANTONIO DION CEDEÑO HERRERA la totalidad de las acciones y derechos hereditarios que tiene, sobre el lote de terreo de VEINTE CUADRAS, MAS 0 MENOS, con los linderos y dimensiones que se encuentran descritos en el certificado del registro de la propiedad Por tal razón procedo a demandar Inventario y avaluó del bien que se detalla en certificado del Registrador de la Propiedad. La demanda la fundamenta en lo que dispone los artículos 72. 192, 407, 603, 997, del código civil vigente, en completa armonía como lo dispone el Capítulo IV sección V en los artículos 341, 342, 343 al 346 del COGEP, Art. 11 regla 3 del COGEP.- El señor Juez mediante Auto de fecha miércoles, 18 de diciembre del 2019, las 09h35, acepta la demanda a trámite, previo haber rendido el juramento del desconocimiento del domicilio, residencia e individualidad de los presuntos herederos conocidos y desconocidos del señor MOISÉS RAFAEL VILLACRES LOZANO, disponiendo su citación por la prensa en el Diario “La Hora” que circula en esta Provincia en tres publicaciones, así como en tres mensajes radiofónicos en una emisora de la localidad en el horario de las 18h00 a 22h00.- A partir del vigésimo día contado desde la última publicación por la prensa de la citación de la demanda, se fijará la fecha para el inicio de los inventarios.- Lo que comunico para los fines de ley.

Montalvo, 11 de febrero del 2020.

ABG. AIDA ARIAS MOREJON

SECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE LOS RÍOS – MONTALVO

P-8567-BA/AB.